CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se derogan los Artículos 8 y 9 del Decreto Supremo Nº 27334 de 31 de enero de 2004. Por consiguiente, a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, las empresas mineras podrán deducir sus gastos de exploración y las demás erogaciones inherentes al giro de su negocio en la gestión fiscal, de acuerdo al Artículo 15 del Decreto Supremo Nº 24051 de 29 de junio de 1995, no reconociéndose la doble deducción aunque ésta se haya declarado en gestiones anteriores.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29475, 12 de marzo de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Deroga los Artículos 8 y 9 del Decreto Supremo N° 27334 de 31 de enero de 2004. Por consiguiente, a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, las empresas mineras podrán deducir sus gastos de exploración y las demás erogaciones inherentes al giro de su negocio en la gestión fiscal, de acuerdo al Artículo 15 del Decreto Supremo N° 24051 de 29 de junio de 1995, no reconociéndose la doble deducción aunque ésta se haya declarado en gestiones anteriores. | ||||
Keywords | Gaceta 3074, 2008-03-14, Decreto Supremo, marzo/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26990 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibáñez, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajias de la Vega, Walter Selum Rivero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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