CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 28995 de 1 de enero de 2007, ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008.
Artículo 2°.- (De la recaudación) Los recursos generados por la venta de la papeleta valorada como resultado de la aplicación del presente Decreto Supremo, serán transferidos a una cuenta específica del Tesoro General de la Nación - TGN, habilitada para el efecto.
Artículo 3°.- (De la finalización) En el marco de la responsabilidad por la función pública, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, previa evaluación de los resultados y costo - beneficio, podrá establecer la culminación de actividades antes del plazo establecido en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29389, 28 de diciembre de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 28995 de 1 de enero de 2007, ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008 - Recursos generados por la venta de la papeleta valorada. | ||||
Keywords | Gaceta 3052, 2007-12-28, Decreto Supremo, diciembre/2007 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26903 | ||||
Referencias | 2007.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajias de la Vega, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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