Bolivia: Decreto Supremo Nº 28243, 14 de julio de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 2446 de 20 de marzo de 2003, de Organización del Poder Ejecutivo, instituye al Ministro de Desarrollo Económico, estableciéndose en el Decreto Supremo Nº 26973 de 27 de marzo de 2003, Reglamento de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, la tuición y dependencia del Ministerio de Desarrollo Económico sobre las Instituciones Públicas Descentralizadas y Desconcentradas que se hallan dentro del ámbito de su competencia.
  • Que el Decreto Supremo Nº 24498 de 17 de febrero de 1997, crea el Instituto Boliviano de Metrología - IBMETRO, encargado de administrar el Servicio Metrológico Nacional - SERMETRO y el Organismo Boliviano de Acreditación - OBA, que tiene como objetivo dirigir las actividades de acreditación para el Sistema Boliviano de Normalización, Metrología, Acreditación y Certificación - SNMAC en el país.
  • Que el SNMAC tiene como base de su funcionamiento las actividades que desarrollan el Organismo Boliviano de Acreditación - OBA, el Instituto Boliviano de Normalización y Calidad - IBNORCA y el Instituto Boliviano de Metrología - IBMETRO.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27131 de 14 de agosto de 2003, adecua el marco institucional, funcionamiento y naturaleza de las instituciones públicas desconcentradas dependientes del Ministerio de Desarrollo Económico, que conforman la Red de Fomento Productivo y Promoción de Exportaciones, encontrándose entre ellas el OBA y el IBMETRO, con el propósito de optimizar los servicios prestados por las mismas, así como, la implantación de los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales.
  • Que el Decreto Nº 27732 de 15 de septiembre de 2004, define la naturaleza institucional del IBMETRO y del OBA, como instituciones públicas desconcentradas, bajo la dependencia del Ministerio de Desarrollo Económico.
  • Que las Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa establecen como uno de sus principios a la flexibilidad, debiendo la estructura organizacional de la entidad adecuarse a los cambios, internos y del entorno; asimismo, se establece como otro principio el servicio a los usuarios, correspondiendo la estructura organizacional de la entidad orientarse en facilitar la satisfacción de las necesidades de servicios públicos de los usuarios, a través de su prestación en forma ágil, eficiente y con equidad social.
  • Que el OBA desde su inicio no ha contado con la estructura administrativa que garantice su normal funcionamiento, por lo que pone en riesgo la continuidad de sus funciones y en consecuencia la interrupción de los servicios de acreditación en todos los campos de su competencia.
  • Que en ese contexto, es necesario adecuar el marco institucional, funcionamiento y naturaleza del OBA y del IBMETRO como una sola Institución Pública Desconcentrada, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, con el propósito de optimizar los servicios prestados.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 7 de julio de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-
I El presente Decreto Supremo tiene por objeto incorporar las competencias del Organismo Boliviano de Acreditación - OBA al Instituto Boliviano de Metrología - IBMETRO, debiendo el IBMETRO asumir las funciones y atribuciones otorgadas, por la normativa jurídico administrativa vigente, al ex - OBA.

  1. Se crea la Dirección Técnica de Acreditación como parte de estructura del IBMETRO, la misma que tiene las siguientes atribuciones:
    - Dirigir y coordinar el trabajo y actividades de las Unidades de su dependencia.
    - Velar por el cumplimiento de las normas y regulaciones de la Institución.
    - Atender los asuntos de su área de competencia.
    - Apoyar las funciones del Director General Ejecutivo de la Institución, e informarle sobre el desarrollo de sus actividades.
    - Participar en la elaboración de la Programación Operativa Anual de la Institución.
    - Ejercer las funciones que el encomiende o delegue expresamente el Director General Ejecutivo.
  2. La incorporación del OBA al IBMETRO no significará un incremento adicional de recursos del Tesoro General de la Nación.
  3. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.


Los Señores Ministros de Estado en el Despacho de Hacienda y Desarrollo Económico quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Celestino Choque Villca Ministro Interino de Educación, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28243, 14 de julio de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioIncorporar las competencias del Organismo Boliviano de Acreditación - OBA al Instituto Boliviano de Metrología - IBMETRO.
KeywordsGaceta 2769, 2005-07-18, Decreto Supremo, julio/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25748
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Celestino Choque Villca Ministro Interino de Educación, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24498] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24498, 17 de febrero de 1997
Sistema Boliviano de Normalización, Metrología, Acreditación y Certificación.
[BO-L-2446] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 19 de marzo de 2003
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-DS-26973] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), DS Nº 26973, 27 de marzo de 2003
REGLAMENTO A LA LEY DE ORGANIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-DS-27131] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27131, 14 de agosto de 2003
Establecer la naturaleza institucional de: Centro de Promoción Bolivia - CEPROBOL, Servicio de Asistencia Técnica - SAT, Instituto Boliviano de Metrología - IBMETRO, Sistema de Ventanilla Unica de Exportaciones - SIVEX, Organismo Boliviano de Acreditación - OBA, Instituto Boliviano de Pequeña Industria y Artesanía - INBOPIA, Unidad de Productividad y Competitividad - UPC y Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI.
[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.

Referencias a esta norma

[BO-DS-28332] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28332, 1 de septiembre de 2005
Establecer la estructura y conformación de la Red de Fomento Productivo y Promoción de Exportaciones - REFO.
[BO-DS-28428] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28428, 28 de octubre de 2005
La Dirección Técnica de Acreditación del IBMETRO efectuará el reconocimiento transitorio de los laboratorios de análisis de minerales y metales que reúnan condiciones básicas para su desenvolvimiento.

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