CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto ratificar las atribuciones de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, establecidas por Ley especial, modificando las disposiciones que la contravienen.
Artículo 2°.- (Modificacion) Se modifica el inciso c) del Artículo 17 del Decreto Supremo Nº 27732, referido a las funciones del Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, de la siguiente manera:
“c) Formular, proponer y evaluar políticas de intermediación financiera.”
Artículo 3°.- (Vigencia de normas)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28034, 7 de marzo de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica el inciso c) del Artículo 17 del Decreto Supremo Nº 27732 de 15 /09/ 2004 (Funciones del Viceministerio de Pensiones, y Servicios Financieros). | ||||
Keywords | Gaceta 2725, 2005-03-16, Decreto Supremo, marzo/2005 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25588 | ||||
Referencias | 2005.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torres Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Víctor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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