Bolivia: Decreto Supremo Nº 27713, 7 de septiembre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que emergente de las obligaciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 25053 de 23 de mayo de 1998, referidas a la realización de Auditoria Especial a los Regímenes Especiales de los 27 Fondos Complementarios de Seguridad Social en Liquidación, se hace necesario contratar el servicio de Auditoria Externa, a fin de dar cumplimiento a los acuerdos arribados con el Fondo Complementario de Seguridad Social del Magisterio Fiscal en Liquidación.
  • Que es importante la ejecución eficiente de los procesos de contratación tendientes a facilitar y agilizar la ejecución de los Programas Operativos y los Programas Anuales de Contrataciones de las distintas entidades del sector público cumpliendo y aplicando las normas, reglamentos e instrumentos emitidos por el Organo Rector en materia de contrataciones estatales.
  • Que el Artículo 8 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 - Ley de Administración Presupuestaria, autoriza al Poder Ejecutivo que las donaciones y créditos externos no contemplados en el Presupuesto General de la Nación aprobado anualmente, sean incorporados por el Ministerio de Hacienda, debiendo informar de estos hechos al Honorable Congreso Nacional semestralmente.
  • Que la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003, aprueba el Presupuesto General de la Nación para la gestión fiscal 2004, estableciendo en su Artículo 7, que las metas institucionales de resultados fiscales sólo podrán ser modificadas mediante Resolución expresa del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, cuando dicha modificación no vulnere el resultado fiscal global previsto en el Presupuesto General de la Nación para la gestión 2004.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba la modificación presupuestaria destinada a la asignación de recursos en la Partida de Gasto 25200 “Estudios e Investigaciones” del Presupuesto de la Gestión 2004 del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado - SENAPE, por un monto de Bs.591.000.- (QUINIENTOS NOVENTA Y UN mil 00/100 BOLIVIANOS), asignados mediante el traspaso intrainstitucional de Bs.208.664 (DOSCIENTOS OCHO mil SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS) y, mediante el traspaso interinstitucional por Bs.382.336.- (TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS mil TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS) con recursos del Tesoro General de la Nación, de acuerdo con el anexo presupuestario adjunto.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, José Antonio Nogales Zabala Ministro Interino de Hacienda, Gustavo Pedraza Mérida, Julio Fernando Cajías de la Vega Ministro Interino de Desarrollo Económico, José V. Barragán Bauer Ministro Interino de Servicios y OO. PP., Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27713, 7 de septiembre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba la modificación presupuestaria destinada a la asignación de recursos en la Partida de Gasto 25200 “Estudios e Investigaciones” del Presupuesto de la Gestión 2004 del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado - SENAPE, por un monto de Bs. 591.000
KeywordsGaceta 2645, 2004-09-09, Decreto Supremo, septiembre/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25267
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, José Antonio Nogales Zabala Ministro Interino de Hacienda, Gustavo Pedraza Mérida, Julio Fernando Cajías de la Vega Ministro Interino de Desarrollo Económico, José V. Barragán Bauer Ministro Interino de Servicios y OO. PP., Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-25053] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25053, 23 de mayo de 1998
Administración de Seguros y Regimenes Especiales de Largo Plazo.
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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