CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto supremo tiene por objeto realizar ajustes al Decreto Supremo Nº 24484 de 29 de enero de 1997.
Artículo 2°.- (Actualizacion de valores) Se actualiza los valores consignados en el Decreto Supremo Nº 24484, de la siguiente manera:
CATEGORIA | CAPITAL (Bs) | PAGO BIMESTRAL (Bs.) | |
DESDE | HASTA | ||
0 | 0 | 5.000 | 0 |
1 | 5.001 | 6.000 | 16 |
2 | 6.001 | 9.796 | 66 |
3 | 9.797 | 14.281 | 146 |
4 | 14.282 | 18.766 | 218 |
5 | 18.767 | 23.251 | 518 |
6 | 23.252 | 27.736 | 646 |
Artículo 3°.- (Incorporacion) Se incorpora como último párrafo del Articulo 3 del Decreto Supremo Nº 24484, lo siguiente:
“En las primeras cuatro categorías que define el Artículo 1 del presente Decreto Supremo, es decir hasta Bs 18.766.- de capital, se descontará el valor de los activos fijos, como ser: a) muebles y enseres, vajillas u otros utensilios utilizadas para la actividad gravada de los comerciantes minoristas y vivanderos; y b) los muebles, enseres, herramientas y pequeñas máquinas utilizadas para la actividad gravada de los artesanos.”
Artículo 4°.- (Fiscalizacion) A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Gobierno Nacional realizará la fiscalización de todos los sujetos que tienen un capital mayor a Bs.27.736.- (VEINTISIETE mil novecientos TREINTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS)
Artículo 5°.- (Vigencia de normas) La presente disposición tiene vigencia a partir del tercer bimestre de la gestión 2004.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27494, 14 de mayo de 2004 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El presente Decreto supremo tiene por objeto realizar ajustes al Decreto Supremo N° 24484 de 29 /01/ 1997 (Régimen Tributario Simplificado). | ||||
Keywords | Gaceta 2599, 2004-05-14, Decreto Supremo, mayo/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25048 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Luis Fernández Fagalde Ministro de Trabajo e Interino de Salud y Deportes, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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