CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la transferencia de recursos y establecer las bases normativas de funcionamiento de la Mutualidad del Magisterio Nacional - MUMANAL.
Artículo 2°.- (Transferencia de recursos a MUMANAL) Se autoriza al Tesoro General de la Nación - TGN transferir a la cuenta bancaria de la Mutualidad del Magisterio Nacional - MUMANAL habilitada para el efecto, los montos acumulados y por acumularse, provenientes de las retenciones de aportes voluntarios de los salarios de los funcionarios del magisterio nacional, así como, de los jubilados de dicho sector.
Artículo 3°.- (Administracion de los beneficios de MUMANAL) MUMANAL como entidad de naturaleza jurídica de carácter privado, administra beneficios a favor de sus asociados mutualistas, provenientes de los aportes voluntarios que estos realizan y de otros activos, en sujeción a lo siguiente:
Beneficios Variables: son los provenientes de la administración propia de un fondo mutuo, expresados en número de cuotas previamente determinadas. El valor de mercado de las cuotas del fondo será de carácter público para los socios mutualistas. El referido fondo mutuo deberá estar conformado por inversiones en títulos valores de oferta pública a nombre de MUMANAL.
Beneficios Fijos: son los provenientes de la contratación, con entidades aseguradoras con domicilio en la República de Bolivia, de productos de seguros solicitados por MUMANAL.
Artículo 4°.- (Vigilancia) La vigilancia de MUMANAL estará a cargo de dos síndicos, uno de ellos representará al sector activo y otro al sector pasivo del magisterio nacional.
Artículo 5°.- (Responsabilidad) La retención de los aportes voluntarios y la transferencia de estos recursos a MUMANAL será remunerada, no asumiendo el Estado responsabilidad alguna en la administración, resultados financieros y de solvencia de MUMANAL.
Artículo 6°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las Disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27402, 15 de marzo de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizar al T.G.N. la transferencia de recursos a la cuenta bancaria de la Mutualidad del Magisterio Nacional - MUMANAL. | ||||
Keywords | Gaceta 2577, 2004-03-17, Decreto Supremo, marzo/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/36030 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Antonio Aranibar Quiroga, Donato Ayma Rojas, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios e Interino de Salud y Deportes, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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