Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT. constituye uno de los organismos previstos por el artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, aplicándose las disposiciones de tipo general establecidas en el artículo 47 título IV del Decreto Supremo Nº 24855 de 22 de septiembre de 1997.
Artículo 2°.- Modificase los siguientes artículos del Decreto Supremo Nº 22908 de 23 dé septiembre de 1991. en la forma indicada a continuación:
“Artículo 4 (Composición del Consejo). El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología estará constituido como sigue: a) Vicepresidente de la República, quien lo presidirá b) Ministro de Educación Cultura y Deportes, que presidirá en ausencia o por delegación del Vicepresidente de la República. Ministro de Desarrollo Sostenible y Planificación. Ministro de Desarrollo Económico e) Ministro de Salud y Previsión Social f) Secretorio Ejecutivo del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana Presidente de la Academia Nacional de Ciencias Presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia. i) Presidente de la Asociación de Universidades Privadas. j) Un delegado en representación de los Consejos Departamentales de Ciencia y Tecnología. k) El Secretario Ejecutivo Nacional en calidad de Secretario con derecho a voz, sin voto.
Artículo 9.- (Secretaria Ejecutiva).
I. Créase la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología como entidad pública descentralizada del Ministerio de Educación. Cultura y Deportes, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión.
II. Las funciones y atribuciones asignadas a la Secretaría Ejecutiva por el presente artículo se mantienen invariables.
Artículo 10.-. La Secretaría Ejecutiva Nacional del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología estará ejercida por el Viceministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología.
Artículo 11.- (Constitución de la Secretaria). La Secretaria Ejecutiva Nacional será constituida de acuerdo a la Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997 de Organización del Poder Ejecutivo y su Decreto Supremo Reglamentario Nº 24855 de 22 de septiembre de 1997.”
Artículo 3°.- Crease el Consejo de Apoyo a la Secretaria Ejecutiva Nacional del CONACYT, que funcionará bajo su presidencia y cuya función será coordinar acciones en el ámbito de la Ciencia y Tecnología, estará integrado por los siguientes Viceministros:
Artículo 4°.- La red Boliviana de Comunicación de datos (BOLNET) que funciona en el CONACYT dependerá en forma directa de la Vicepresidencia de la República.
Artículo 5°.- En tanto no se estructure el Fondo Nacional de Ciencia y Tecnología, el Tesoro General de la Nación asignará las partidas presupuestarias requeridas por la -Secretaria Ejecutiva Nacional del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología. El señor Ministro de Estado en el despacho de Educación, Cultura y Deportes, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24967, 2 de marzo de 1998 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modificaciones al D.S. 22908 de 23/09/1991 respecto al CONACYT. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, marzo/1998 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24967.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo dé la Rocha. Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada. Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano. Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López. Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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