CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), otorgará en administración y operación el tramo del Oleoducto Sica Sica - Arica desde el punto ubicado cincuenta (50) Kms. antes de la frontera boliviano-chilena hasta la brida de entrada en la Terminal Marítima ubicada en la ciudad de Arica, República de Chile, así como la Terminal Marítima Arica y sus actuales instalaciones, a Transredes - Transporte de Hidrocarburos Sociedad de Economía Mixta (Transredes S.A. M.) e instruye al Presidente Ejecutivo de YPFB suscribir el Contrato de Administración y Operación, el mismo que consta de veintidós (22) cláusulas y tres (3) anexos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24614, 14 de mayo de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | YPFB, otorgará en administración y operación el tramo del Oleoducto Sica Sica Arica a Transredes. | ||||
Keywords | Gaceta 2003, 1997-06-16, Decreto Supremo, mayo/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18142 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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