CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- A partir de la fecha Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos Estatal deberá transferir al Tesoro General de la Nación el cuarenta y cinco por ciento (45%) de sus ventas netas diarias en el Mercado Interno-Producción Nacional con cargo a los impuestos por IVA, IT e I. E. H. D. Esta transferencia no incluye las tasas de regulación, establecidas en la Ley Nº 1689, las mismas que serán pagadas directamente por Y. P. F. B. a la Superintendencia de Hidrocarburos.
Artículo 2°.- A partir del mes de mayo 1997, cada mes el T. G. N. emitirá notas de crédito fiscal que podrán ser transferibles, endosables y negociables, en favor de Y. P. F. B. por un monto equivalente al crédito fiscal IVA generado por sus compras en el mercado interno durante el mes anterior.
Artículo 3°.- Los certificados de crédito fiscal no negociables emitidos o a emitirse por la gestión 1996 y el primer trimestre de 1997, podrán ser utilizados para el pago de obligaciones tributarias pendientes con la Dirección General de Impuestos Internos, Dirección General de Aduanas y/u honrar sus deudas con el T. G. N.
Artículo 4°.- Quedan derogadas todas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24595, 6 de mayo de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | A partir de la fecha YPFB Estatal deberá transferir al TGN el 45% de sus ventas netas diarias en el Mercado Intern Producción Nacional con cargo a los impuestos por IVA, IT e I.E.H.D.. | ||||
Keywords | Gaceta 2000, 1997-06-06, Decreto Supremo, mayo/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18123 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach, MINISTRO SUPLENTE DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE JUSTICIA, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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