CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se modifica y complementa los siguientes artículos del Decreto Supremo Nº 21660 de 10 de julio de 1987 y el artículo único del Decreto Supremo Nº 21727 de 5 de octubre de 1987, en la forma indicada a continuación:
Artículo 201°.- En aplicación del artículo precedente, la representación titular del Estado boliviano ante el Fondo Monetario Internacional, FMI, y el Fondo Andino de Reservas, FAR, estará a cargo del Ministro de Finanzas y la representación alterna a cargo del presidente del Banco Central de Bolivia. La representación titular ante el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF, y el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, estará a cargo del Ministro de Planeamiento y Coordinación, y la representación alterna a cargo del Presidente del Banco Central de Bolivia”.
“La representación titular de las acciones de la serio “A”de la Corporación Andina de Fomento, CAF, estará a cargo del Ministro de Planeamiento y Coordinación, y la representación alterna a cargo del Subsecretario de Inversión Pública y Cooperación Internacional del mismo ministerio”.
“La representación titular de las acciones de la serie “B”estará a cargo del Presidente del Banco Central de Bolivia y la representación alterna a cargo del Subsecretario de Asuntos Económicos e Integración del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”.
“ARTÍCULO 202.- La representación ante el Tratado de la Cuenca del Plata estará a cargo del Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. El Gobernador titular de FONPLATA será el Ministro de Planeamiento y Coordinación y el alterno el Subsecrtario de Inversión Pública y Cooperación Internacional del Ministerio de Planeamiento y Coordinación. El Director titular será el presidente del Banco Central de Bolivia y el alterno el Gerente general del Banco Central de Bolivia”.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23085, 13 de marzo de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica y complementa Arts. del D.S. 21660 de 10 de julio de 1.987 y el Art. único del D.S. 21727 de 5 de octubre de 1987. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, marzo/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13063 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Landívar Roca, Edgar Schwarz de Achá, Min. Finanzas a. i., Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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