CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETO:
Artículo 1°.- La representación titular de las acciones de la serie "A" de la Corporación Andina de Fomento (CAF) estará a cargo del Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico, y la representación alterna a cargo del Secretario Nacional de Industria y Comercio. La representación titular de las acciones de la serie "B" estará a cargo del Secretario Nacional de Hacienda y representación alterna a cargo del Subsecretario de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
Artículo 2°.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23722, 3 de febrero de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | La representación titular de las acciones de la serie "A" de la CAF estará a cargo del Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico, y la representación alterna a cargo del Secretario Nacional de Industria y Comercio, La representación titular de las acciones de la serie “B” estará a cargo del Secretario Nacional de Hacienda y representación alterna a cargo del Subsecretario de Inversión Pública y Financiamiento Externo. | ||||
Keywords | Gaceta 1820, 1994-02-11, Decreto Supremo, febrero/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17690 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzain, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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