CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- La Empresa Misicuni es una entidad de servicio público, con domicilio legal en la ciudad de Cochabamba, duración indefinida, autonomía administrativa, financiera, y de gestión y patrimonio independiente. Está facultada para todos los actos de la vida jurídica con sujeción a las leyes de la República, disposiciones del presente decreto y las normas establecidas en sus estatutos.
Artículo 2°.- La Empresa Misicuni se encargará de la ejecución y administración de la primera etapa del proyecto o sea la captación de agua potable para la ciudad de Cochabamba y poblaciones aledañas, asi como agua de riego para las tierras de uso agrícola del valle central, bajo y de Sacaba, tareas que cumplirá sujetándose al diseño final de la versión reformulada.
Artículo 3°.- El capital de la Empresa Misicuni estará constituido por el aporte y la participación de las siguientes instituciones;
Artículo 4°.- El órgano jerárquico administrativo superior de la Empresa Misicuni es el directorio, integrado en la siguiente forma:
Artículo 5°.- Se autoriza a la empresa múltiple Misicuni contratar, con sujeción al Decreto Supremo Nº 21660 de 10 de julio de 1987, una empresa consultora especializada que elabore el análisis económico financiero de la versión reformulada del proyecto. El alcance del trabajo será elaborado por el directorio de la empresa.
Artículo 6°.- El directorio presentará a CONEPLAN para su aprobación y busca de financiamiento, a la conclusión del trabajo por la empresa consulta, el diseño final de la obra y el proyecto de estatutos de la empresa.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22007, 13 de septiembre de 1988 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | La Empresa Misicuní se encargará de la ejecución y administración de la primera etapa del proyecto o sea la captación de agua potable para la ciudad de Cochabamba. | ||||
Keywords | Gaceta 1566, 1988-09-16, Decreto Supremo, septiembre/1988 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis_gob/20153 | ||||
Referencias | 1994.lexml | ||||
Creador | FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jorge Gumucio Granier Min. R.R.E.E. a.i., Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Ramiro Cabezas Masses, Gonzalo Sanchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Fernando Moscoso Salmón, Alfredo Franco Guachalla, Jaime Villalobos Sanjinéz, José G. Justiniano Sandoval, Andres Petricevic Raznatovic Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Franklin Anaya Vasquez, Herman Antelo Laughlin, Walter H. Zuleta Roncal, Jaime Zegada Hurtado. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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