Bolivia: Decreto Supremo Nº 23783, 20 de mayo de 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1551 de 20 de abril de 1994 sobre la Participación Popular, reconoce como ingresos departamentales de las Corporaciones de Desarrollo las regalías, pudiendo destinar del total de los ingresos hasta un 15% para gastos de funcionamiento, mientras que el 85% restantes son para los fines de planificación, inversión, infraestructura física, social, servicios básicos y otros.
  • Que el Proyecto Misicuni es de alta prioridad regional para Cochabamba, razón por la cual merece la mayor atención del Gobierno Nacional, por sus implicaciones de carácter social, reactivación del sector agropecuario y solución a la angustiosa carencia de agua potable.
  • Que el Decreto Nº 22007 de 13 de septiembre de 1988, establece la composición del Directorio de la Empresa Misicuni, la cual debe ser reorganizada con el fin de adecuarse a la nueva organización del Poder Ejecutivo, aprobada por Ley Nº 1493 de 17 de septiembre de 1993.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Cochabamba, la utilización de los ingresos provenientes de las regalías departamentales, hasta un cincuenta por ciento (50%), de las mismas, con destino a cubrir los costos de financiamiento y/o ejecución del Proyecto Múltiple de Misicuni.

Artículo 2°.- En sustitución del representante del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, se incluye a un representante del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, en el Directorio de la Empresa Misicuni, conservándose la composición señalada en el Art.4to. del Decreto Supremo Nº 22007 de 13 de septiembre de 1988.


El señor Ministro en el despacho de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossío, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Jorge España Smith MIN. SUPLENTE DE TRABAJO, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23783, 20 de mayo de 1994
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Cochabamba, la utilización de los ingresos provenientes de las regalías departamentales hasta un cincuenta por ciento (50 %), con destino a cubrir los costos de financiamiento y/o ejecución del Proyecto Múltiple de Misicuni.
KeywordsGaceta 1833, 1994-05-27, Decreto Supremo, mayo/1994
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17590
Referencias1994.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossío, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Jorge España Smith MIN. SUPLENTE DE TRABAJO, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22007] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22007, 13 de septiembre de 1988
La Empresa Misicuní se encargará de la ejecución y administración de la primera etapa del proyecto o sea la captación de agua potable para la ciudad de Cochabamba.
[BO-L-1493] Bolivia: Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, 17 de septiembre de 1993
Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo
[BO-L-1551] Bolivia: Ley de Participación Popular, 20 de abril de 1994
Ley de Participación Popular

Referencias a esta norma

[BO-DS-24808] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24808, 4 de agosto de 1997
Derógase el artículo 1 del Decreto Supremo 23783 de 7/05/1994. Prefectura de Cochabamba.
[BO-DS-24841] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24841, 12 de septiembre de 1997
Autorízase al Directorio de la Empresa Misicuni suscribir el contrato de construcción del primer tramo del túnel de trasvase de los ríos Titir Serkheta con el consorcio Astaldi ICE Ingenieros.
[BO-DS-29005] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29005, 9 de enero de 2007
Garantizar la continuidad de las obras del Proyecto Múltiple Misicuni, para la construcción de la Represa que alcanzará la altura de ciento veinte (120) metros y las obras anexas.

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