CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se aprueba el Reglamento del Consejo Estatal de Soluciones Amistosas en Materia de Derechos Humanos - CESADH, que en Anexo forma parte integrante e indivisible del presente Decreto Supremo.
Artículo adicional 1°.- En los casos que el CESADH recomiende la suscripción de un Acuerdo de Solución Amistosa en Materia de Derechos Humanos, las instituciones o entidades de la administración pública en todos sus niveles en el marco de sus competencias, deberán cooperar con la Procuraduría General del Estado para el cumplimiento de los términos del acuerdo.
Artículo adicional 2°.- La aplicación del presente Decreto Supremo no deberá representar la asignación de recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.
Artículo transitorio 1°.- En un plazo no mayor a treinta (30) días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, las instituciones que conforman el CESADH, deberán acreditar a sus representantes ante la Secretaría Técnica a cargo de la Procuraduría General del Estado.
Artículo transitorio 2°.- La Secretaría Técnica en el plazo de quince (15) días calendario a partir de la acreditación de todos los miembros del CESADH, convocará a la primera sesión para la elección de la Presidencia.
Artículo transitorio 3°.- Las peticiones que no cuenten con Informe de Admisibilidad por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en las que el Estado haya iniciado un proceso de Solución Amistosa con anterioridad a la vigencia del presente Decreto Supremo, excepcionalmente serán de conocimiento del CESADH y su trámite se sujetará al procedimiento establecido en su Reglamento.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3458, 17 de enero de 2018 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 17 DE ENERO DE 2018.- Aprueba el Reglamento del Consejo Estatal de Soluciones Amistosas en Materia de Derechos Humanos – CESADH, que en Anexo forma parte integrante e indivisible del presente Decreto Supremo. | ||||
Keywords | Gaceta 1030NEC, Decreto Supremo, enero/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/157353 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1030NEC, 201901d.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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