Bolivia: Decreto Supremo Nº 24894, 5 de noviembre de 1997

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo Nº 24769 de 31 de julio de 1997 se ha reglamentado el Sistema de Regulación Financiera (SIREFI), creado por Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996, cuyo objetivo es el de regular, controlar y supervisar las actividades, personas y entidades relacionadas con el seguro social obligatorio de largo plazo, bancos y entidades financieras, entidades aseguradoras y reaseguradoras y del mercado de valores en el ámbito de su competencia;
  • Que tanto la Superintendencia General, así como las Superintendencias Sectoriales, son órganos autárquicos, personas jurídicas de derecho público con jurisdicción nacional, siendo aplicable la Ley Nº 1600 de 28 de octubre de 1994 en todo lo referente a nombramiento, estabilidad, requisitos, prohibiciones del Superintendente General, Superintendentes Sectoriales, así como las disposiciones sobre funciones, recursos de revocatoria y jerárquico y otros;
  • Que toda disposición legal reglamentaria de una ley, tiene por objeto ejecutar y hacer cumplir la ley sin definir privativamente derechos ni alterar, no contrariar sus disposiciones.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se deroga los siguientes incisos y artículos del Decreto Supremo Nº 24769 de 31 de julio de 1997:

  1. Los incisos a), b), g), j), k) del artículo 3.
  2. Artículos 5, 8 y 9.
    Se mantiene vigentes, en lo demás, las restantes disposiciones del Decreto Supremo Nº 24769.

Artículo 2°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda formar una comisión integrada por la Superintendencia General y Superintendencias Sectoriales, con la finalidad de promover y elaborar la redacción de una nueva norma reglamentaria de la Ley Nº 1732 en lo concerniente al SIREFI.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortez de Soriano, Jorge Pacheco Franco, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24894, 5 de noviembre de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe deroga incisos y artículos del decreto supremo 24769 de 31 /07/ 1997:
KeywordsGaceta 2041, 1997-11-28, Decreto Supremo, noviembre/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16463
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortez de Soriano, Jorge Pacheco Franco, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.
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Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-25207] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25207, 23 de octubre de 1998
SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS JERARQUICOS.

Véase también

[BO-L-1600] Bolivia: Ley del sistema de regulación sectorial (SIRESE), 28 de octubre de 1994
Ley del sistema de regulación sectorial (SIRESE)
[BO-L-1732] Bolivia: Ley de Pensiones, 29 de noviembre de 1996
Ley de Pensiones
[BO-DS-24769] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24769, 31 de julio de 1997
Reglamentación a la Ley 1732 en cumplimiento de su artículo 68, en lo relativo al Sistema de Regulación Financiera.

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