Bolivia: Decreto Supremo Nº 793, 15 de febrero de 2011

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.
  • Que el Artículo 106 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información
  • Que el numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece entre las competencias exclusivas del nivel central del Estado el régimen general de las comunicaciones.
  • Que el Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, establece la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, define las atribuciones de las Ministras y Ministros, así como los principios y valores que deben conducir a los servidores públicos, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado.
  • Que en cumplimiento al numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado es necesario incorporar a la estructura del nivel central del Órgano Ejecutivo una entidad con las atribuciones y competencias de coordinación y definición de flujos de información entre el Órgano Ejecutivo y los demás órganos del Estado y la sociedad, así como de la planificación y ejecución de estrategias comunicacionales.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
Crear el Ministerio de Comunicación, estableciendo su estructura, atribuciones y competencias, así como establecer las instituciones bajo su tuición.
Modificar el Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.

Artículo 2°.- (Creación) Se crea el Ministerio de Comunicación, conforme la estructura, atribuciones y competencias específicas establecidas en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3°.- (Estructura jerárquica) La estructura jerárquica del Ministerio de Comunicación, es la siguiente:

  1. MINISTRA(O) DE COMUNICACIÓN
  2. Viceministerio de Políticas Comunicacionales
  3. Dirección General de Estrategias
  4. Dirección General de Información Gubernamental
  5. Viceministerio de Gestión Comunicacional
  6. Dirección General de Medios Estatales
  7. Dirección General de Estudios y Proyectos

Artículo 4°.- (Atribuciones de la Ministra(o) de Comunicación) Las atribuciones de la Ministra(o) de Comunicación, son las siguientes:

  1. Proponer, diseñar y definir políticas, estrategias y normas de comunicación gubernamental
  2. Promover y regular el desarrollo de la comunicación gubernamental.
  3. Formular y aplicar políticas de comunicación gubernamental, asegurando su compatibilidad con las estrategias aprobadas por el Plan Nacional de Desarrollo.
  4. Organizar y desarrollar un sistema de información que investigue y sistematice demandas sociales y de opinión pública.
  5. Dirigir y coordinar las acciones de información y comunicación interministerial e interinstitucional del Órgano Ejecutivo.
  6. Difundir las políticas de gobierno del Estado Plurinacional.
  7. Promover la difusión de la imagen del Estado a través de los medios de comunicación, en coordinación con las instancias que correspondan.
  8. Planificar, orientar y supervisar la política de relación del Órgano Ejecutivo con los medios de comunicación gubernamentales.
  9. Implementar programas y proyectos de posicionamiento en temas estratégicos de la gestión gubernamental.
  10. Coordinar con los Ministerios de Estado las tareas de monitoreo de información.

Artículo 5°.- (Atribuciones del Viceministerio de Políticas Comunicacionales) Las atribuciones del Viceministerio de Políticas Comunicacionales, son las siguientes:

  1. Diseñar, elaborar y desarrollar políticas y estrategias de comunicación gubernamental, en compatibilidad del Plan Nacional de Desarrollo.
  2. Elaborar y proyectar normas de comunicación gubernamental.
  3. Establecer acciones coordinadas de información y comunicación interministerial e interinstitucional.
  4. Informar sobre temas de interés coyuntural.
  5. Supervisar la emisión de boletines, cartillas, páginas web, revista, periódicos y demás documentos comunicacionales.
  6. Coordinar con los Ministerios de Estado las tareas de monitoreo de información.
  7. Apoyar al Ministro en las actividades de comunicación interministerial y en la información y difusión de las políticas y acciones gubernamentales.

Artículo 6°.- (Atribuciones del Viceministerio de Gestión Comunicacional) Las atribuciones del Viceministerio de Gestión Comunicacional, son las siguientes:

  1. Desarrollar un sistema de información de investigación y sistematización de demandas sociales y de opinión pública.
  2. Gestionar la difusión de las políticas del gobierno y de la imagen del Estado Plurinacional.
  3. Elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos de posicionamiento en temas estratégicos de la gestión gubernamental, en el marco de las políticas aprobadas por el Ministro, haciendo el seguimiento, el control y la evaluación de la ejecución de los mismos.
  4. Diseñar, elaborar y desarrollar políticas de relacionamiento del Órgano Ejecutivo con los medios de comunicación gubernamentales.
  5. Desarrollar programas y proyectos de fortalecimiento y desarrollo de los medios de comunicación del Estado, así como orientar y supervisar su relacionamiento.
  6. Gestionar la relación con los medios de comunicación social, públicos y privados.

Artículo 7°.- (Atribuciones y funciones comunes) La Ministra(o), Viceministras (os) y Directores Generales del Ministerio de Comunicación, tienen la estructura, atribuciones y funciones comunes establecidas en el Decreto Supremo Nº 29894.

Artículo 8°.- (Financiamiento) El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas asignará recursos del Tesoro General de la Nación - TGN de acuerdo a su disponibilidad financiera y en relación a los requerimientos del Ministerio de Comunicación, para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 9°.- (Tuición) La Ministra(o) de Comunicación, tiene bajo su tuición a las siguientes entidades:

  1. Empresa Estatal de Televisión - BOLIVIA TV.
  2. Radio Illimani.
  3. Periódico “Cambio”.
  4. Agencia Boliviana de Información - ABI.

Artículo 10°.- (Modificaciones)

  1. Se modifica el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, incluyendo el inciso u), con el siguiente texto:
    “u) Ministra(o) de Comunicación.”
  2. Se incluye en el Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, la estructura, atribuciones y funciones del Ministerio de Comunicación establecidos en el presente Decreto Supremo.
  3. Se modifican los Parágrafos I y II del Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 0078, de 15 de abril de 2009, con el siguiente texto:
    “I. El Directorio de “BOLIVIA TV” está conformado por las Ministras o Ministros o sus representantes de:
    a) Comunicación.
    b) Presidencia.
    c) Planificación del Desarrollo.
    d) Economía y Finanzas Públicas.
    e) Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
    f) Educación.
    g) Culturas.
    II. La Ministra o el Ministro de Comunicación preside el Directorio.”
  4. Se modifican los Parágrafos I y II del Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 0078, de 15 de abril de 2009, con el siguiente texto:
    “I. La o el Gerente General será designada(o) por la Ministra o el Ministro de Comunicación mediante Resolución Ministerial.
    II. En caso de impedimento temporal, ausencia o enfermedad de la o el Gerente General, la Ministra o el Ministro de Comunicación nombrará, mediante Resolución Ministerial, de entre las o los Gerentes del segundo nivel jerárquico, a una o un Gerente General interino.”

    Disposiciones adicionales

Artículo adicional Único.- A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Ministerio de la Presidencia transferirá el proceso de Liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB al Ministerio de Comunicación, en los términos y previsiones establecidos en el Decreto Supremo Nº 0742, de 22 de diciembre de 2010.

Disposiciones transitorias

Artículo transitorio Único.- A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, se extingue la Dirección Nacional de Comunicación Social - DINACOM, debiendo transferir al Ministerio de Comunicación, los saldos presupuestarios asignados por el Tesoro General de la Nación, así como los bienes activos y pasivos, en el marco de la normativa vigente.

Disposiciones abrogatorias y derogatorias


Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.


Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de febrero del año dos mil once.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry MINISTRA DE TRANSP. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE JUSTICIA, Zulma Yugar Párraga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 793, 15 de febrero de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea el Ministerio de Comunicación, estableciendo su estructura, atribuciones y competencias, así como establece las instituciones bajo su tuición. Modifica el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
KeywordsGaceta 224NEC, 2011-02-15, Decreto Supremo, febrero/2011
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139000
Referencias201102b.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry MINISTRA DE TRANSP. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE JUSTICIA, Zulma Yugar Párraga.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-DS-N78] Bolivia: Decreto Supremo Nº 78, 15 de abril de 2009
Crea la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”; determina su naturaleza jurídica, objeto, patrimonio; y establece la conformación y atribuciones de su Directorio y de su Gerente General.
[BO-DS-N742] Bolivia: Decreto Supremo Nº 742, 22 de diciembre de 2010
Establece la entidad encargada del proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB y las previsiones de orden legal, económico, financiero y administrativo para llevar a cabo el mismo.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N987] Bolivia: Decreto Supremo Nº 987, 21 de septiembre de 2011
Autoriza al Ministerio de Comunicación incrementar la subpartida 25230 “Auditorías Externas” en Bs200.000, financiados con fuente 11 “TGN - Otros Ingresos” a través de un traspaso intrainstitucional afectando la subpartida 26990 “Otros”, para la realización de la auditoria externa a los registros contables y financieros correspondientes a la “Implementación y Consolidación del Sistema Nacional de Radios en los Pueblos Originarios de Bolivia”.
[BO-DS-N1097] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1097, 7 de diciembre de 2011
Modifica el Artículo 9 del Decreto Supremo Nº 0793, de 15 de febrero de 2011.
[BO-DS-N1347] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1347, 10 de septiembre de 2012
Reglamenta la Ley N° 259, de 11 de julio de 2012, de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, estableciendo mecanismos y procedimientos para su implementación.
[BO-DS-N1436] Bolivia: Reglamento - Ley No. 264 Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana “Para una vida segura”, DS Nº 1436, 14 de diciembre de 2012
REGLAMENTO - LEY No. 264 SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA “PARA UNA VIDA SEGURA”
[BO-DS-N1818] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1818, 4 de diciembre de 2013
Tiene por objeto la creación de la Editorial del Estado Plurinacional de Bolivia.
[BO-DS-N1850] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1850, 24 de diciembre de 2013
Establece el incremento salarial a favor de las servidoras y los servidores públicos de la Empresa Estatal de Televisión – BOLIVIA TV.
[BO-DP-N1869] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 1869, 23 de enero de 2014
Designa MINISTRAS Y MINISTROS DE ESTADO.
[BO-DS-N2093] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2093, 5 de septiembre de 2014
Establece el Incremento Salarial a favor de las servidoras y los servidores públicos de la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”.
[BO-DS-N2731] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2731, 14 de abril de 2016
14 DE ABRIL DE 2016.- Modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0793, de 15 de febrero de 2011, que establece la estructura jerárquica del Ministerio de Comunicación; e incorpora los incisos g), h) e i) en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0793, de 15 de febrero de 2011, atribuciones del Viceministerio de Gestión Comunicacional. .
[BO-DS-N2803] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2803, 15 de junio de 2016
15 DE JUNIO DE 2016.- Modifica los Parágrafos II y III del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 26688, de 5 de julio de 2002, complementado y modificado por los Decretos Supremos Nº 0224, de 24 de julio de 2009; Nº 0800, de 23 de febrero de 2011; Nº 1306, de 1 de agosto de 2012; Nº 1972, de 9 abril de 2014; Nº 1979, de 16 de abril de 2014; Nº 2005, de 21 de mayo de 2014; Nº 2030, de 11 de junio de 2014; N° 2209, de 10 de diciembre de 2014 y Nº 2328, de 15 de abril de 2015.
[BO-DS-N2921] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2921, 28 de septiembre de 2016
28 DE SEPTIEMBRE DE 2016.- Aprueba el incremento salarial a favor de las servidoras y los servidores públicos de la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”.
[BO-DS-N3225] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3225, 25 de junio de 2017
28 DE JUNIO DE 2017.- Aprueba el incremento salarial a favor de las servidoras y los servidores públicos de la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”.
[BO-DS-N3873] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3873, 18 de abril de 2019
17 DE ABRIL DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN, la emisión de Notas de Crédito Fiscal, a favor del Ministerio de Comunicación.
[BO-DS-N3988] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3988, 25 de julio de 2019
Autoriza al Ministerio de Comunicación, el incremento de la subpartida de Consultorías por Producto para el cumplimiento de los objetivos institucionales de esta Cartera de Estado.
[BO-DP-N4095] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 4095, 4 de diciembre de 2019
Designa al ciudadano YERKO NÚÑEZ NEGRETE, como MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de ley.
[BO-DP-N4096] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 4096, 4 de diciembre de 2019
Designa al ciudadano IVÁN ARIAS DURÁN, como MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de ley.
[BO-DS-N4135] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4135, 22 de enero de 2020
Instituye la “Imagen Gobierno” y aprueba el Manual de Imagen Gobierno.ANEXO(S) :Instituye la “Imagen Gobierno” y aprueba el Manual de Imagen Gobierno.Fecha de emisión : 2020-01-22- Descargar Anexo
[BO-DP-N4140] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 4140, 28 de enero de 2020
Designa a la ciudadana MONICA ELIZABETH COELHO DE ROSAS, como MINISTRA DE COMUNICACIÓN, hasta la designación de la o el titular.

Derogada por

[BO-DS-N4257] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4257, 4 de junio de 2020
Modifica el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.

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