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Nro. de norma
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País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
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ID lexivox
FechaDesde Hasta
Gaceta 1914 1995-12-08 Decreto Supremo diciembre/1995
Se aprueba la reglamentación de la Ley del Medio Ambiente.
Bienes afectados al servicio público ferroviario.
Dispónese el establecimiento de la Superintendencia de Transportes, prevista en los artículos 1ro. y 2do. de la Ley SIRESE.
Reglamento diciembre/1995
La presente disposición legal reglamenta la Ley del Medio Ambiente Nº 1333 de 27 de abril de 1992, en lo referente a Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y Control de Calidad Ambiental (CCA), dentro del marco del desarrollo sostenible
El presente Reglamento regula la gestión ambiental en el marco de lo establecido por la Ley Nº -1333, exceptuándose los capítulos que requieren de legislación o reglamentación expresa.
Gaceta 1914 1995-12-08 Decreto Presidencial diciembre/1995
Desígnase Ministro suplente de Relaciones Exteriores y Culto, al Embajador Dr. JAIME APARICIO OTERO, Secretario Nacional de Relaciones Internacionales y Culto.
Designase Ministro suplente de Relaciones Exteriores y Culto al Embajador Dr. Eduardo Trigo O'Connor D'Arlach, Secretario General Nacional.
Gaceta 1914 1995-12-08 Decreto Presidencial noviembre/1995
Desígnase Ministro suplente de la Presidencia, al Lic. Rudy Araujo Medinacelli, Secretario Nacional de Coordinación.
Gaceta 1914 1995-12-08 Decreto Supremo noviembre/1995
Declárase DUELO NACIONAL los días 27 y 28 /11/ 1995, sin suspensión de actividades públicas ni privadas por el fallecimiento del ilustre ciudadano don MAX FERNÁNDEZ ROJAS.
Decreto Presidencial noviembre/1995
Desígnase Ministro suplente de Justicia, al Lic. JOSE GUILLERMO JUSTINIANO SANDOVAL, Ministro de la Presidencia.
Desígnase Ministro suplente de Hacienda, al Lic. GONZALO AFCHA DE LA PARRA, Secretario Nacional de Hacienda.
Decreto Supremo noviembre/1995
Autorízase la formación de la sociedad de economía mixta denominada "Planta Industrializadora de Leche Santa Cruz Sociedad Anónima Mixta (Pi Santa Cruz SAM)", con la participación accionaria de la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ), los trabajadores de la Planta Industrializadora de Leche PI CORDECRUZ y la sociedad denominada Productores Industriales de Leche S.A. (PILSA).
Autorízase la formación de la Empresa Ferroviaria Andina Sociedad de Economía Mixta (FCA S.A.M.).
Autorízase la formación de la Empresa Ferroviaria Oriental Sociedad de Economía Mixta (FCO S.A.M.).
Los pasivos tributarios que sean determinados en contra del Lloyd Aéreo Boliviano S.A.M. (LAB), con posterioridad a la fecha de cierre de su proceso de capitalización, por causas preexistentes a dicha fecha y que no hubiesen sido objeto de previsión contable en la empresa, serán asumidos por el Tesoro General de la Nación.
Ley de Peter sobre la sustitución
Cuide las toperas, las montañas se cuidarán solas.
Sonreir otro poco...
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