Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 22 de febrero de 2012

COMPLEMENTACIONES A LA Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0007-11 - FACTURACIÓN ESTACIONES DE SERVICIO POR VENTA DE COMBUSTIBLES
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO No 10-0004-12
La Paz, 22 de febrero de 2012

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 16 de la Ley Nº 100 de 4 de abril de 2011 de Desarrollo Integral y Seguridad de Fronteras, dispone que el Servicio de Impuestos Nacionales en coordinación con las entidades competentes, establecerá el tipo de información adicional que deberá ser incluida en la factura para fines de control en la venta de hidrocarburos subvencionados por el Estado Plurinacional de Bolivia.
  • Que a objeto de establecer los mecanismos operativos que permitan la aplicación de la citada norma legal, la Administración Tributaria emitió la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0007-11 de 1 de abril de 2011 y la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0010-11 de 27 de abril de 2011, disponiéndola obligación para las Estaciones de Servicio de registrar en la factura de compra de combustible, el número de placa de los automotores.
  • Que desde la vigencia de las disposiciones legales mencionadas, distintos municipios no gestionaron la regularización de las placas de control para las motocicletas y motonetas que circulan en sus jurisdicciones.
  • Que de acuerdo al Inciso p) del artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus facultades y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002 se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo 1°.- Con carácter transitorio, hasta el treinta (30) de junio de 2012, se autoriza a las Estaciones de Servicio por la venta de combustibles a motocicletas y motonetas que aún no hubiesen obtenido la placa de circulación, a registrar en las facturas de venta y Libro de Compras y Ventas Da Vinci, en sustitución del número de placa, el Número de Documento de Identidad o de la Licencia de Conducir y el país de emisión de los mismos, de acuerdo al siguiente formato:
Ejemplo: Factura

Nombre del Conductor: País de Emisión del documento; No de Documento de Identidad o LicenciaJuan Pérez Callaú; Bolivia; 2057293

Para el registro de datos en el Libro de Compras y Ventas Da Vinci, registrarán la información, considerando el siguiente formato en el campo Nombre o Razón Social.
Ejemplo: Libro de Compras y Ventas Da Vinci
Nombre o Razón Social:Nombre del Conductor; País de emisión del documento; Número Documento de Identidad o Licencia de Conducir
Ejemplo:Juan Pérez Callaú; Chile; 2057293
Ejemplo:Pedro Miranda Aliaga;Argentina;XYZ-96876

Artículo 2°.- (Ampliación de Vigencia) Se amplía la vigencia de la Disposición Transitoria Tercera de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0038-11 de 2 de diciembre de 2011, hasta el treinta (30) de junio de 2012.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 22 de febrero de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioComplementaciones a la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0007-11 - Facturación Estaciones de Servicio Por Venta de Combustibles
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, febrero/2012
Origenhttp://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd2012/rnd10-0004-12.pdf
Referencias2010-2012.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO_SIN-RND-10-0007-11] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 1 de abril de 2011
Facturación Estaciones de Servicio Por Venta de Combustibles
[BO-L-N100] Bolivia: Ley de Desarrollo y Seguridad Fronteriza, 4 de abril de 2011
Establece mecanismos de articulación institucional para la ejecución de políticas de desarrollo integral y seguridad en fronteras. También, fortalece las capacidades institucionales destinadas a lograr un mejor dominio estatal del territorio de frontera, promover el control efectivo de actividades ilícitas y establece mecanismos de prevención, control y lucha contra el contrabando e ilícitos en frontera.
[BO_SIN-RND-10-0010-11] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 27 de abril de 2011
Facturacion Estaciones de Servicio Por Venta de Combustibles
[BO_SIN-RND-10-0038-11] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 6 de diciembre de 2011
Modificaciones y Complementaciones a la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0007-11 Facturación Estaciones de Servicio Por Venta de Combustibles

Referencias a esta norma

[BO_SIN-RND-10-0016-12] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 29 de junio de 2012
Ampliación vigencia de la RND Nº 10-0004-12 facturación estaciones de servicio por venta de combustibles establecida en la RND Nº 10-0013-12

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