Bolivia: Resolución Ministerial de 13 de noviembre de 2023

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251/23
La Paz, 29 de septiembre de 2023

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • La Nota Interna MPR/VA/UPJ-0092-NOT/23 E-MPR/2023-08927, de 5 de junio de 2023, emitida por el Viceministerio de Autonomías dependiente del Ministerio de la Presidencia, mediante la cual remite informe de adecuación y antecedentes, solicitando se emita la Resolución Ministerial de Adecuación a la Ley Nº 351, de 19 de marzo de 2013 de Otorgación de Personalidad Jurídica del "HOGAR DE NIÑOS ALALAY" ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO.
  • Qué; el numeral 15 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado, la otorgación y registro de personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 1 de la Ley Nº 351, dispone que la citada Ley tiene por objeto, regular la otorgación y el registro de la personalidad jurídica a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un departamento y cuyas actividades sean no financieras.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 1 de la Ley Nº 915, de 22 de marzo de 2017, modifica en la legislación boliviana, la denominación del ex-Ministerio de Autonomías, por la denominación de Ministerio de la Presidencia.
  • Que el inciso gg) del Artículo 22 del Decreto Supremo Nº 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo, establece como una de las atribuciones de la Ministra (o) de la Presidencia, otorgar y registrar personalidad jurídica a ONG, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un departamento.
  • Que el inciso cc) del Artículo 25 del Decreto Supremo Nº 4857 señala como una de las atribuciones del Viceministerio de Autonomías, analizar, informar, dar conformidad, registrar y custodiar todos los documentos necesarios para la otorgación, modificación, adecuación y registro de personalidades jurídicas a organizaciones sociales, ONG, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un departamento, velando por el cumplimiento de la normativa legal establecida.
  • Que los Decretos Supremos Nº 1597, de 5 de junio de 2013, Nº 2650, de 13 de enero de 2016 y Nº 3746, de 12 de diciembre de 2018, vigentes por el Decreto Supremo Nº 4635, de 8 de diciembre de 2021, constituyen el marco normativo referente a personalidades jurídicas.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3746 establece la adecuación a la Ley Nº 351, y el registro de las personas colectivas que desarrollan actividades en más de un departamento, cuyas actividades sean no financieras y que obtuvieron su personalidad jurídica con anterioridad a la publicación de la citada Ley.
  • Que el Reglamento de Adecuación de Personalidades Jurídicas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 051/19, de 28 de enero de 2019, regula el procedimiento para que las personas colectivas que desarrollen sus actividades en más de un departamento y que obtuvieron su personalidad jurídica con anterioridad a la publicación de la Ley Nº 351, adecuen su nombre o denominación, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, a la citada Ley.
  • Que el inciso d) del Artículo 6 del Reglamento de Adecuación de Personalidades Jurídicas, dispone que, aprobado el Informe de Adecuación junto con el proyecto de Resolución Ministerial y los antecedentes del trámite, serán remitidos por el Viceministro de Autonomías al Ministro de la Presidencia para la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la Adecuación.
  • Que el Informe de Adecuación MPR/VA/UPJ-0162-INF/23 E-MPR/2023-08927, de 5 de junio de 2023, concluye que el HOGAR DE NIÑOS "ALALAY", con personería jurídica reconocida mediante Resolución Suprema Nº 214585 de 28 de octubre de 1994, modificada por Resolución Prefectural Nº 905/2005 de 14 de noviembre de 2005, ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 3746 y el Reglamento de Adecuación de Personalidades Jurídicas, adecuando su nombre, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, a las previsiones contenidas en la Ley Nº 351 y el Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 1597, correspondiendo aprobar la adecuación de nombre como: "HOGAR DE NIÑOS ALALAY" ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO, su Estatuto Orgánico con sesenta y cinco (65) artículos y Reglamento Interno con veintidós (22) artículos, para desarrollar actividades no financieras en los Departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto Orgánico y registrar en el componente "Base de datos de los Estatutos y Reglamentos Internos de las personas colectivas del Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas - SIREPEJU", el Nombre, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno adecuados de la referida Entidad.

POR TANTO:

La Ministra de la Presidencia, en ejercicio de sus específicas atribuciones,

RESUELVE:

Primero .- Aprobar la adecuación del nombre, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno del "HOGAR DE NIÑOS ALALAY" ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO, a la Ley Nº 351, de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, para desarrollar actividades no financieras en los departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto Orgánico, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública y otras tareas no determinadas en su Estatuto Orgánico, bajo sanción de revocatoria de la Personalidad Jurídica. SEGUNDO.- Autorizar a la Unidad de Personalidades Jurídicas dependiente del Viceministerio de Autonomías, registrar el nombre, Estatuto Orgánico conformado por sesenta y cinco (65) Artículos y el Reglamento Interno conformado por veintidós (22) Artículos del "HOGAR DE NIÑOS ALALAY" ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO, así como la presente Resolución Ministerial en el Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas - SIREPEJU. TERCERO.- Encargar al Viceministerio de Autonomías, dependiente del Ministerio de la Presidencia, la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y archívese.


FDO. Maria Nela Prada Tejada MINISTRA DE LA PRESIDENCIA
FDO.Álvaro Horacio Ruiz García VICEMINISTRO DE AUTONOMÍAS

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Ministerial de 13 de noviembre de 2023
Fecha2023-12-23FormatoTextTipoRM
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario
KeywordsResolución Ministerial, noviembre/2023
Origen
Referencias202312a.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N351] Bolivia: Ley de otorgación de personalidades jurídicas, 19 de marzo de 2013
LEY DE OTORGACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.
[BO-DS-N1597] Bolivia: Reglamento parcial a la Ley de otorgación de personalidades jurídicas, DS Nº 1597, 5 de junio de 2013
REGLAMENTO PARCIAL A LA LEY DE OTORGACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.
[BO-DS-N2650] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2650, 13 de enero de 2016
13 DE ENERO DE 2016.- Modifica el Parágrafo III del Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 1597, de 5 de junio de 2013.
[BO-L-N915] Bolivia: Ley Nº 915, 28 de marzo de 2017
22 DE MARZO DE 2017.- Modifica en la legislación boliviana, la denominación de los ex-Ministerios de Autonomías, de Justicia, de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, y de Hidrocarburos y Energía, por la denominación de Ministerios de la Presidencia, de Justicia y Transparencia Institucional, y de Hidrocarburos; además de reestructurar la conformación de los Comités, Directorios y Consejos de los cuales sean parte.
[BO-DS-N3746] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3746, 12 de diciembre de 2018
12 DE DICIEMBRE DE 2018.- Establece la adecuación a la Ley Nº 351, de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, y el registro de las personas colectivas que desarrollan actividades en más de un departamento, cuyas actividades sean no financieras y que obtuvieron su personalidad jurídica con anterioridad a la publicación de la citada Ley
[BO-DS-N4635] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4635, 8 de diciembre de 2021
Abroga el Decreto Supremo Nº 4353, de 29 de septiembre de 2020, quedando vigentes los Decretos Supremos Nº 1597, de 5 de junio de 2013, Nº 2650, de 13 de enero de 2016 y Nº 3746, de 12 de diciembre de 2018.

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