Bolivia: Resolución Ministerial de 26 de octubre de 2020

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 161/20
La Paz, 14 de septiembre de 2020

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • La nota NI/MPR/VA Nº 0122/2020 MPR/2020-02862 de 10 de junio de 2020, emitida por el Viceministerio de Autonomías dependiente del Ministerio de la Presidencia, mediante la cual remite informe de adecuación y antecedentes, solicitando se emita la Resolución Ministerial de adecuación a la Ley Nº 351, de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, del COLEGIO DE AUDITORES O CONTADORES PUBLICOS DE BOLIVIA - CAUB, ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO.
  • Que el COLEGIO DE AUDITORES O CONTADORES PUBLICOS DE BOLIVIA - CAUB, ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO solicitó la adecuación a la Ley Nº 351, adjuntando la documentación de respaldo correspondiente.
  • Que el numeral 15 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado, la otorgación y registro de personalidad jurídica a organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento.
  • Que la Ley Nº 351, de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, tiene por objeto regular la otorgación y el registro de la personalidad jurídica a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un departamento y cuyas actividades sean no financieras.
  • Que el Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, modificado por el Decreto Supremo Nº 3058, de 22 de enero del 2017, fusiona el Ministerio de Autonomías al Ministerio de la Presidencia.
  • Que el Articulo 11 del Decreto Supremo Nº 1597, de 5 de junio de 2013, Reglamento Parcial a la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, dispone los requisitos mínimos que debe contener el estatuto de las personas colectivas.
  • Que el inciso ii) del Artículo 22 del Decreto Supremo Nº 29894, modificado por el Parágrafo III del Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 3058, señala como atribución de la Ministra(o) de la Presidencia otorgar y registrar personalidad jurídica a organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un Departamento.
  • Que el Parágrafo I de la Disposición Final Primera, del Decreto Supremo Nº 3070, de 1 de febrero de 2017, dispone que el Ministerio de la Presidencia asume las funciones, atribuciones y competencias asignadas al ex Ministerio de Autonomías.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3746, de 12 de diciembre de 2018, establece la adecuación a la Ley Nº 351, y el registro de las personas colectivas que desarrollan actividades en más de un departamento, cuyas actividades sean no financieras y que obtuvieron su personalidad jurídica con anterioridad a la publicación de la citada Ley.
  • Que el Reglamento de Adecuación de Personalidades Jurídicas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 051/19, de 28 de enero de 2019, regula el procedimiento para que las personas colectivas que desarrollen sus actividades en más de un departamento y que obtuvieron su personalidad jurídica con anterioridad a la publicación de la Ley Nº 351, adecuen su nombre o denominación, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno a la citada Ley.
  • Que el inciso d) del Artículo 6 del Reglamento de Adecuación de Personalidades Jurídicas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 051/19 establece que, aprobado el Informe de Adecuación junto con el proyecto de Resolución Ministerial y los antecedentes del trámite, serán remitidos por el Viceministro de Autonomías al Ministro de la Presidencia para la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la Adecuación.
  • Que el Informe de Adecuación MPR-VA-UPJ N° 050/2020 de 10 de junio de 2020, concluye señalando que el COLEGIO DE AUDITORES O CONTADORES PUBLICOS DE BOLIVIA - CAUB, ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 3746 y la Resolución Ministerial N° 051/19, así como con las previsiones de contenido del Estatuto Orgánico requeridos en el Artículo 7 de la Ley Nº 351 y el Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 1597.

POR TANTO:

El Ministro de la Presidencia, en ejercicio de sus específicas atribuciones,

RESUELVE:

Primero .- Aprobar la adecuación del nombre, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno del COLEGIO DE AUDITORES O CONTADORES PUBLICOS DE BOLIVIA - CAUB, ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO, a la Ley Nº 351, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, para desarrollar actividades no financieras en los departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto Orgánico, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública y otras tareas no determinadas en su Estatuto Orgánico, bajo sanción de revocatoria de la personalidad jurídica.

Segundo .- Autorizar a la Unidad de Personalidades Jurídicas dependiente del Viceministerio de Autonomías, registrar el nombre, el Estatuto Orgánico conformado por siete (7) Títulos noventa y seis (96) Artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias y una (1) Disposición Transitoria y el Reglamento Interno conformado por cuatro (4) Títulos, treinta y ocho (38) Artículos, una (1), Disposición Complementaria y una (1) Disposición Transitoria del COLEGIO DE AUDITORES O CONTADORES PUBLICOS DE BOLIVIA - CAUB, ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO, así como la presente Resolución Ministerial en el Sistema de Registro de Personalidades Jurídicas - SIREPEJU.

Tercero .- Encargar al Viceministerio de Autonomías, dependiente del Ministerio de la Presidencia, la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.


Regístrese, comuníquese y archívese.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Ministerial de 26 de octubre de 2020
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRM
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprobar la adecuación del nombre, Estatuto Orgánico y Reglamento Interno del COLEGIO DE AUDITORES O CONTADORES PUBLICOS DE BOLIVIA – CAUB, ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO, a la Ley N° 351, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, para desarrollar actividades no financieras en los departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, según el objeto y fines establecidos en su Estatuto Orgánico, con la prohibición de dedicarse a actividades ilícitas que atenten a la seguridad pública y otras tareas no determinadas en su Estatuto Orgánico, bajo sanción de revocatoria de la personalidad jurídica
KeywordsGaceta 1325NEC, Resolución Ministerial, octubre/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168287
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1325NEC, 202011a.lexml
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-L-N351] Bolivia: Ley de otorgación de personalidades jurídicas, 19 de marzo de 2013
LEY DE OTORGACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.
[BO-DS-N1597] Bolivia: Reglamento parcial a la Ley de otorgación de personalidades jurídicas, DS Nº 1597, 5 de junio de 2013
REGLAMENTO PARCIAL A LA LEY DE OTORGACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS.
[BO-DS-N3058] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3058, 24 de enero de 2017
22 DE ENERO DE 2017.- Modifica el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo para crear el Ministerio de Energías, estableciendo su estructura, atribuciones y competencias, y fusionar el Ministerio de Autonomías al Ministerio de la Presidencia, y el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción al Ministerio de Justicia.
[BO-DS-N3070] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3070, 1 de febrero de 2017
01 DE FEBRERO DE 2017.- Modifica el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, y complementar el Decreto Supremo N° 3058, de 22 de enero de 2017.
[BO-DS-N3746] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3746, 12 de diciembre de 2018
12 DE DICIEMBRE DE 2018.- Establece la adecuación a la Ley Nº 351, de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, y el registro de las personas colectivas que desarrollan actividades en más de un departamento, cuyas actividades sean no financieras y que obtuvieron su personalidad jurídica con anterioridad a la publicación de la citada Ley

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