Bolivia: Ley Nº 876, 22 de diciembre de 2016

Ley Nº 876
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 33 y 37 de la Ley Nº 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el “Acuerdo Marco entre los Gobiernos del Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Paraguay para la Provisión de Gas Natural, Gas Natural Licuado, Gas Licuado de Petróleo y otros derivados de Petróleo”, suscrito en la ciudad de Yacuiba del Departamento de Tarija, Estado Plurinacional de Bolivia, en fecha 24 de agosto de 2015.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis .
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Ana Vidal Velasco, Erik Morón Osinaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis .
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Lenny Tatiana Valdivia Bautista MINISTRA DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE LA PRESIDENCIA, Luis Alberto Sánchez Fernández.

Anexo
Acuerdo

Acuerdo marco entre los gobiernos del Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Paraguay para la provisión de gas natural, gas natural licuado, gas licuado de petróleo y otros derivados de petróleo

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 876, 22 de diciembre de 2016
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario21 DE DICIEMBRE DE 2016.- Ratifica el “Acuerdo Marco entre los Gobiernos del Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Paraguay para la Provisión de Gas Natural, Gas Natural Licuado, Gas Licuado de Petróleo y otros derivados de Petróleo”, suscrito en la ciudad de Yacuiba del Departamento de Tarija, Estado Plurinacional de Bolivia, en fecha 24 de agosto de 2015.
KeywordsGaceta 921NEC, Ley, diciembre/2016
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/154307
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 921NEC, 201702a.lexml
CreadorFdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Víctor Hugo Zamora Castedo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Ana Vidal Velasco, Erik Morón Osinaga. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Lenny Tatiana Valdivia Bautista MINISTRA DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE LA PRESIDENCIA, Luis Alberto Sánchez Fernández.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N401] Bolivia: Ley de celebración de tratados, 18 de septiembre de 2013
Ley de celebración de tratados.
[BO-L-N876] Bolivia: Ley Nº 876, 22 de diciembre de 2016
21 DE DICIEMBRE DE 2016.- Ratifica el “Acuerdo Marco entre los Gobiernos del Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Paraguay para la Provisión de Gas Natural, Gas Natural Licuado, Gas Licuado de Petróleo y otros derivados de Petróleo”, suscrito en la ciudad de Yacuiba del Departamento de Tarija, Estado Plurinacional de Bolivia, en fecha 24 de agosto de 2015.
[BO-ACU-L-N876] Bolivia: Acuerdo Nº L-N876, 22 de diciembre de 2016
Acuerdo Marco entre los Gobiernos del Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Paraguay para la Provisión de Gas Natural, Gas Natural Licuado, Gas Licuado de Petróleo y otros derivados de Petróleo

Referencias a esta norma

[BO-DS-25305] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25305, 18 de febrero de 1999
Apruébase en sus nueve (9) Capítulos y quince (15) artículos el Reglamento Operativo de las Leyes 876 de 25 /04/ 1986, 877 de 2 /05/ 1986 y 967 de 26 /01/ 1988, que disponen (Exenciones tributarias Oruro y Potosí).
[BO-RE-DS25305] Bolivia: Reglamento operativo de exenciones tributarias establecidas por las leyes 876, 877 Y 967, 18 de febrero de 1999
Reglamento operativo de exenciones tributarias establecidas por las leyes 876, 877 Y 967
[BO-DS-28037] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28037, 7 de marzo de 2005
Reglamentar la aplicación de la Ley Nº 2809 de 27 /08/ 2004 (Modificación del Decreto Supremo Nº 25305 - Nuevas Inversiones).

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