Artículo 1°.- (Objeto) El objeto de la presente Ley es declarar de necesidad y utilidad pública la expropiación de los predios necesarios para la implementación y construcción del “Aeropuerto Internacional de Trinidad”, así como establecer el procedimiento aplicable de expropiación.
Artículo 2°.- (Declaración de necesidad y utilidad pública) Se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de los bienes inmuebles que sean necesarios para la implementación y construcción del proyecto mencionado en el Artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 3°.- (Identificación de predios y procedimiento de expropiación)
Artículo 4°.- (Financiamiento) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, previa evaluación y de acuerdo a su disponibilidad financiera, asignar recursos del Tesoro General de la Nación - TGN, a favor del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, destinados a la cancelación de los montos indemnizatorios emergentes de la expropiación de predios.
Artículo adicional Único.- Las Entidades Territoriales Autónomas, quedan facultadas para realizar el equipamiento de los aeropuertos internacionales y/o interdepartamentales, en el ámbito de sus competencias. Para su cumplimiento y cuando corresponda, podrán sujetarse a lo establecido por la Ley Nº 492 de 25 de enero de 2014, de Acuerdos y Convenios Intergubernativos.
Artículo Único.- Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 667, 25 de marzo de 2015 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 23 DE MARZO DE 2015.- LEY DE DECLARATORIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA DE LA EXPROPIACIÓN DE BIENES INMUEBLES CON DESTINO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO Y CONSTRUCCIÓN DEL “AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TRINIDAD” . | ||||
Keywords | Gaceta 739NEC, Ley, marzo/2015 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153026 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 739NEC, 201504b.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Diez. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Milton Claros Hinojosa, Nemesia Achacollo Tola MINISTRA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Marianela Paco Durán. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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