Artículo 1°.- Se abroga la Ley Nº 2384 de 22 de mayo de 2002, que autoriza al Órgano Ejecutivo, por intermedio del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado-SENAPE y Corporación Minera de Bolivia-COMIBOL, transferir a título gratuito a favor de la Mancomunidad de los municipios de Llallagua, Uncía y Chayanta de la provincia Bustillo del departamento de Potosí, los bienes inmuebles, bienes de producción, muebles, maquinaria, maestranza, carpintería y Fundición de Catavi, en su totalidad.
Artículo 2°.- La Corporación Minera de Bolivia-COMIBOL en el marco de la nueva Política Minera y de acuerdo a la Ley Nº 3720 de 31 de julio de 2007, participa directamente en la cadena productiva, para lo cual, recupera la propiedad de los bienes inmuebles productivos, con todas sus instalaciones y servicios conexos, Fundición Catavi, Maestranza Catavi y Carpintería Catavi, pasando a dominio directo de la COMIBOL, para ser destinados a cumplir actividades productivas en la región y generar nuevas fuentes de trabajo.
Artículo 3°.- Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 384, 20 de junio de 2013 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Abroga la Ley 2384 de 22 de mayo de 2002, que autoriza al Órgano Ejecutivo, por intermedio del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado-SENAPE y Corporación Minera de Bolivia-COMIBOL, transferir a título gratuito a favor de la Mancomunidad de los municipios de Llallagua, Uncía y Chayanta de la provincia Bustillo del departamento de Potosí, los bienes inmuebles, bienes de producción, muebles, maquinaria, maestranza, carpintería y Fundición de Catavi, en su totalidad. | ||||
Keywords | Gaceta 538NEC, Ley, junio/2013 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/142280 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 538NEC, 201306c.lexml | ||||
Creador | Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Yusser Rolando Villarroel Garviso, Andrés Agustín Villca Daza, Claudia Jimena Torres Chávez, Marcelo Elío Chávez, Angel David Cortéz Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Mario Virreira Iporre, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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