Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto autorizar la constitución del Fideicomiso de Apoyo a la Reactivación de la Inversión Pública - FARIP, destinado a financiar proyectos de inversión pública de las Entidades Territoriales Autónomas y autorizar al Banco Central de Bolivia - BCB, y otorgar un crédito extraordinario en favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación - TGN.
Artículo 2°.- (Autorización)
Primera .-
Segunda .- Se modifica el Artículo 35 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, modificado por la Disposición Adicional Segunda de la Ley Nº 1267 de 20 de diciembre de 2019, con el siguiente texto:
“ARTÍCULO 35.
I. Las entidades públicas descentralizadas, autónomas y autárquicas deben sujetarse a los siguientes límites de endeudamiento:
El servicio de la deuda (amortizaciones a capital, intereses y comisiones) comprometido anualmente, no podrá exceder el veinte por ciento (20%) de los ingresos corrientes recurrentes. El valor presente de la deuda total no podrá exceder el doscientos por ciento (200%) de los ingresos corrientes recurrentes.
II. Las Entidades Públicas deberán enmarcarse en los parámetros y metodologías definidas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.”
Única .- Las condiciones para la constitución y administración del fideicomiso autorizado en el Artículo 2 de la presente norma, así como las condiciones para la otorgación de los créditos, serán establecidos por Decreto Supremo, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles a partir de la publicación de la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley de fideicomiso de apoyo a la reactivación de la Inversión Pública, 24 de agosto de 2021 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza la constitución del Fideicomiso de Apoyo a la Reactivación de la Inversión Pública – FARIP, destinado a financiar proyectos de inversión pública de las Entidades Territoriales Autónomas y autorizar al Banco Central de Bolivia - BCB, y otorgar un crédito extraordinario en favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación – TGN. | ||||
Keywords | Gaceta 1420NEC, Ley, agosto/2021 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168562 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1420NEC, 202110a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.