Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto modificar el monto a pagar de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad)
Artículo 2°.- (Modificaciones) . Se modifica el Artículo 5 de la Ley Nº 3791 de 28 de noviembre de 2007, modificado por el Artículo 2 de la Ley Nº 953 de 26 de mayo de 2017, dentro del régimen de Seguridad Social No Contributivo, con la siguiente redacción:
“ ARTÍCULO 5.(MONTO DE LA RENTA UNIVERSAL DE VEJEZ). El monto de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad), para los beneficiaros señalados en el inciso a) del Artículo Tercero de la presente Ley, alcanzará un total anual de Bs4.550.- (Cuatro mil Quinientos Cincuenta 00/100 Bolivianos), considerando el pago del aguinaldo.
Para los beneficiarios señalados en el inciso b) del Artículo Tercero de la presente Ley, el monto total anual alcanzará a Bs3.900.- (Tres mil novecientos 00/100 Bolivianos), considerando el pago del aguinaldo.
Las modificaciones dispuestas en los Artículos precedentes, mediante las cuales el monto de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) a ser pagado de forma mensual se incrementa a Bs350.- (Trescientos Cincuenta 00/100 Bolivianos) para quienes no perciban un beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo, y a Bs300.- (Trescientos 00/100 Bolivianos) para quienes perciban un beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo, entrarán en vigencia a partir de la mensualidad de la Renta Dignidad correspondiente a junio de la presente gestión, no siendo aplicables pagos retroactivos por este concepto.”
Única .- Se derogan todas las disposiciones de igual o inferior jerarquía normativa, contrarias a la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1196, 27 de junio de 2019 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el monto a pagar de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) | ||||
Keywords | Gaceta 1174NEC, Ley, junio/2019 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/163892 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1174NEC, 201907a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.