Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59º, atribución 12º de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en enero de 2003.
Conforme a lo estipulado en el Artículo 28 del referido Protocolo Facultativo, éste entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado en vigésimo instrumento de ratificación o adhesión en poder del Secretario Gneral de las Naciones Unidas.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3298, 12 de diciembre de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba la ratificación del "Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes", aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3298 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Sandro Stéfano Giordano Garcia, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Aurelio Ambrosio Muruchi. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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