Artículo 1°.- Créase el cantón ALORCO en la jurisdicción de la provincia Atahuallpa del departamento de Oruro, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las Comunidades: Alorco, Jakhohuani Pampa y Tihuano.
Artículo 2°.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el cantón Tunupa de la provincia Atahuallpa; al Sud, con el cantón Cruz de Huayllas; al Este, con el cantón Carangas y al Oeste con el cantón Pacariza, todos de la provincia Atahuallpa.
Artículo 3°.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad con las disposiciones del Art. 6to del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1413, 27 de enero de 1993 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Cantón Alorco. Créase en la Provincia Atahuallpa, Oruro | ||||
Keywords | Ley, enero/1993 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1413 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Alarcón rojas, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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