Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 5ta., de la Constitución Política del Estado, aprúebase el Convenio de Crédito de Desarrollo No. 2134 BO, en el que se halla inserto el Convenio del Crédito de Desarrollo No. 2134, en el que se halla inserto el Convenio de Proyecto del Banco Central de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento, suscrito el día 22 de agosto de 1990, en la ciudad de Washington, por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG 12.500.000.-), destinados a financiar el Proyecto de Desarrollo de la pequeña industria.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1223, 3 de enero de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase el convenio de crédito de desarrollo n° 2134/bo, en el que se halla inserto el convenio de proyecto del banco central de bolivia y la asociación internacional de fomento, suscrito el 22 de agosto de 1990 en la ciudad de Washington, por la suma de | ||||
Keywords | Ley, enero/1991 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1223 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario - H. Julio Mantilla Cuéllar, Diputado Secretario Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Enrique García Rodríguez, Ministro de Planeamiento y Coordinación | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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