CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la constitución de un fideicomiso de apoyo financiero a los Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales.
Artículo 2°.- (Autorización) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para que en su condición de fideicomitente, suscriba un contrato de fideicomiso y transmita de manera temporal y no definitiva al Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FNDR, en su calidad de fiduciario un monto de hasta Bs1.500.000.000.- (UN mil QUINIENTOS MILLONES 00/100 BOLIVIANOS)
Artículo 3°.- (Fuente de recursos) . Para la constitución del fideicomiso, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a transmitir recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, por el monto establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo a favor del fiduciario.
Artículo 4°.- (Finalidad) La finalidad del fideicomiso consiste en otorgar créditos a Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales para financiar proyectos de inversión pública referidos a infraestructura, fomento a la producción, seguridad alimentaria y apoyo a los sectores de educación, salud y medio ambiente.
Artículo 5°.- (Beneficiarios) Los beneficiarios del fideicomiso serán los Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales.
Artículo 6°.- (Plazo del fideicomiso) El plazo del fideicomiso será de doce (12) años a partir de la firma del Contrato de Fideicomiso.
Artículo 7°.- (Seguimiento y control al cumplimiento de la finalidad) El seguimiento y control al cumplimiento de la finalidad del fideicomiso estará a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas como fideicomitente.
Artículo 8°.- (Seguimiento a los proyectos) El Ministerio de Planificación del Desarrollo, en el marco de sus competencias, realizará el seguimiento a los proyectos de inversión ejecutados por los Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales con recursos del fideicomiso autorizado por el presente Decreto Supremo.
Artículo 9°.- (Reembolso de los recursos del fideicomiso)
Artículo 10°.- (Condiciones de financiamiento a los beneficiarios)
Artículo 11°.- (Aspectos administrativos y operativos)
Artículo 12°.- (Débito automático u orden de pago) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a requerimiento de la entidad fiduciaria y en el marco de los contratos de préstamo suscritos con los beneficiarios, a operar el débito automático o la orden de pago de las cuentas de los Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales, cuando éstos no cumplan con las obligaciones contraídas en el marco del fideicomiso.
Artículo 13°.- (Responsabilidad) Los beneficiarios serán responsables por el uso adecuado de los recursos que los sean otorgados para el cumplimiento de la finalidad del fideicomiso, así como de su resultado, en el marco de los contratos de préstamo y la normativa vigente que rige el manejo de los recursos públicos.
Disposición Final Primera.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, FNDR y a los Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales, efectuar las modificaciones presupuestarias que correspondan en el marco de la normativa vigente para el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Disposición Final Segunda.- El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas aprobará una metodología específica para determinar la capacidad de endeudamiento y la proporción poblacional de los Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales beneficiarios del fideicomiso autorizado por el presente Decreto Supremo.
Disposición Final Tercera.- El contrato de fideicomiso a ser suscrito en el marco del presente Decreto Supremo, se constituye en sí mismo en documento público con plena fuerza probatoria y no requiere de protocolización para su validez y eficacia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 5363, 2 de abril de 2025 | ||||
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Fecha | 2025-05-04 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la constitución de un fideicomiso de apoyo financiero a los Gobiernos Autónomos Departamentales y Regionales. | ||||
Keywords | Gaceta 1883NEC, Decreto Supremo, abril/2025 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280665 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1883NEC, 202505a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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