Bolivia: Decreto Supremo Nº 4700, 20 de abril de 2022

Decreto Supremo Nº 4700
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo II del Artículo 99 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado garantizará el registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento, promoción y difusión de su patrimonio cultural, de acuerdo con la Ley.
  • Que los numerales 11 y 25 del Parágrafo II del Artículo 298 del Texto Constitucional, establecen como competencias exclusivas del nivel central del Estado, las obras públicas de infraestructura de interés del nivel central del Estado; y la promoción de la cultura y conservación del patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible de interés del nivel central del Estado.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 337 de la Constitución Política del Estado, dispone que el turismo es una actividad económica estratégica que deberá desarrollarse de manera sustentable para lo que tomará en cuenta la riqueza de las culturas y el respeto al medio ambiente.
  • Que la Ley Nº 292, de 25 de septiembre de 2012, General de Turismo “Bolivia te espera”, establece las políticas generales y el régimen del turismo del Estado Plurinacional de Bolivia.
  • Que el Parágrafo I del Artículo Único de la Ley Nº 1145, de 30 de enero de 2019, aprueba el Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en fecha 17 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us26.000.000.- (VEINTISÉIS MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar la ejecución del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural”.
  • Que el Resultado 3.4.1 de la Meta 3.4 “Promover el Desarrollo Turístico del País en Base a Nuestra Diversidad Natural y Cultural, Promoviendo los Emprendimientos, la Iniciativa Privada y las Alianzas Estratégicas” del Eje 3 “Seguridad Alimentaria con Soberanía, Promoción de Exportaciones con Valor Agregado y Desarrollo Turístico” del Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 “RECONSTRUYENDO LA ECONOMÍA PARA VIVIR BIEN, HACIA LA INDUSTRIALIZACIÓN CON SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES”, aprobado por Ley Nº 1407, de 9 de noviembre de 2021, señala que al 2025 se ha mejorado el posicionamiento de destino turístico de Bolivia a nivel mundial.
  • Que el Resultado 10.3.1 de la Meta 10.3 “Proteger, Restaurar, Recuperar, Revitalizar, Promover y Difundir el Patrimonio Material e Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia” del Eje 10 “Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, para la Revolución Democrática Cultural” del Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 “RECONSTRUYENDO LA ECONOMÍA PARA VIVIR BIEN, HACIA LA INDUSTRIALIZACIÓN CON SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES”, aprobado por Ley Nº 1407, establece que al 2025 se ha impulsado la protección y promoción del patrimonio material e inmaterial aportando al desarrollo económico y social del país.
  • Que el Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 29727, de 1 de octubre de 2008, crea la entidad CONOCE - BOLIVIA, como institución pública desconcentrada, dependiente del Ministerio de Producción y Microempresa, actual Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, conforme a las características establecidas en el Artículo 31 del Decreto Supremo Nº 28631, de 8 de marzo de 2006.
  • Que el Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29727, modificado por el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 4543, de 21 de julio de 2021, dispone que CONOCE - BOLIVIA está destinada a incentivar el turismo, a la promoción del turismo con paquetes turísticos, mercadeo, capacitación, formación, asistencia técnica, inversión para el desarrollo del turismo y prestación de servicios turísticos.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3364, de 18 de octubre de 2017, tiene por objeto determinar las obligaciones de las Entidades que intervengan en el proceso de transferencia de recursos externos de crédito o donación oficial.
  • Que el Decreto Supremo Nº 3744, de 12 de diciembre de 2018, tiene por objeto declarar de interés del nivel central del Estado la ejecución del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural”; autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID; y, disponer la transferencia de recursos externos a favor del Ministerio de Planificación del Desarrollo y de la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”, en su calidad de Organismos Ejecutores.
  • Que los objetivos del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural”, son: incrementar las divisas por turismo internacional, para coadyuvar al crecimiento económico del país a través de la diversificación de exportaciones; y aumentar la generación de empleo e ingresos por turismo, contribuyendo a la reducción de pobreza.
  • Que mediante Contrato Modificatorio N° 5 del Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural”, suscrito el 14 de abril de 2022, se establece como Organismo Ejecutor del Subcomponente 2: “Puesta en Valor Turística del Patrimonio Urbano” a la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, por lo que es necesario realizar modificaciones al Decreto Supremo Nº 3744.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto que la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural asuma la calidad de Organismo Ejecutor del Sub-componente 2 del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural” del Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO, para lo cual se requiere realizar modificaciones al Decreto Supremo Nº 3744, de 12 de diciembre de 2018.

Artículo 2°.- (Modificaciones)

  1. Se modifica el inciso c) del Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 3744, de 12 de diciembre de 2018, con el siguiente texto:
    “c) Disponer la transferencia de recursos externos a favor de la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y de la Empresa Estatal de Transporte por Cable «Mi Teleférico», en su calidad de Organismos Ejecutores.”
  2. Se modifica el inciso b) del Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3744, de 12 de diciembre de 2018, con el siguiente texto:
    “b) Un monto de hasta $us11.968.000.- (ONCE MILLONES novecientos SESENTA Y OCHO mil 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) a la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, para financiar la ejecución del Sub-componente 2 del referido Programa.”
  3. Se modifica el Parágrafo II del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 3744, de 12 de diciembre de 2018, con el siguiente texto:
    “II. La Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y la Empresa Estatal de Transporte por Cable «Mi Teleférico», en calidad de Organismos Ejecutores quedan sujetos a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 3364, de 18 de octubre de 2017, para la administración de los recursos transferidos.”
  4. Se modifica la Disposición Adicional Primera del Decreto Supremo Nº 3744, de 12 de diciembre de 2018, con el siguiente texto:
    “ DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.- Cualquier modificación de la asignación de recursos dispuesta en el Parágrafo I del Artículo 4 del presente Decreto Supremo, a la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y a la Empresa Estatal de Transporte por Cable «Mi Teleférico», será aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Planificación del Desarrollo, debiendo enviar una copia de la misma al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.”
  5. Se modifica la Disposición Adicional Segunda del Decreto Supremo Nº 3744, de 12 de diciembre de 2018, con el siguiente texto:
    “ DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.- Se autoriza a la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, ejecutar el Sub-componente 2 del «Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural».”


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; de Desarrollo Productivo y Economía Plural; de Economía y Finanzas Públicas; y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril del año dos mil veintidós.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Felima Gabriela Mendoza Gumiel, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Félix Villavicencio Niño De Guzmán, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Juan Santos Cruz, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4700, 20 de abril de 2022
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl presente Decreto Supremo tiene por objeto que la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural asuma la calidad de Organismo Ejecutor del Sub-componente 2 del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural” del Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO, para lo cual se requiere realizar modificaciones al Decreto Supremo N° 3744, de 12 de diciembre de 2018.
KeywordsGaceta 1496NEC, Decreto Supremo, abril/2022
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168751
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1496NEC, 202206a.lexml
CreadorFDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Felima Gabriela Mendoza Gumiel, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Félix Villavicencio Niño De Guzmán, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Juan Santos Cruz, Edgar Pary Chambi, Remmy Rubén Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz.
ContribuidorDeveNet.net
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-28631] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, DS Nº 28631, 8 de marzo de 2006
reglamentar la Ley Nº 3351, de 21 febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, en el marco de la política definida por el Gobierno Nacional
[BO-DS-29727] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29727, 1 de octubre de 2008
Crea la Entidad Pública Desconcentrada PRO - BOLIVIA, sobre la base de SENADEPRO. Modifica la denominación de “Secretaría Ejecutiva PL - 480” y define sus funciones. Crea la Entidad Pública Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA. Crea la Entidad Pública Desconcentrada PROMUEVE - BOLIVIA, sobre la base de CEPROBOL.
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Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N292] Bolivia: Ley general de turismo “Bolivia te espera”, 25 de septiembre de 2012
Ley general de turismo “Bolivia te espera”
[BO-DS-N3364] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3364, 18 de octubre de 2017
18 DE OCTUBRE DE 2017.- Determina las obligaciones de las Entidades que intervengan en el proceso de transferencia de recursos externos de crédito o donación oficial.
[BO-DS-N3744] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3744, 12 de diciembre de 2018
12 DE DICIEMBRE DE 2018.- Tiene por objeto:a) Declara de interés del nivel central del Estado la ejecución del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural”;b) Autoriza la suscripción del Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID;c) Dispone la transferencia de recursos externos a favor del Ministerio de Planificación del Desarrollo y de la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”, en su calidad de Organismos Ejecutores.
[BO-L-N1145] Bolivia: Ley Nº 1145, 1 de febrero de 2019
30 DE ENERO DE 2019.- Aprueba el Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 17 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us26.000.000, destinados a financiar la ejecución del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural”.
[BO-DS-N4543] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4543, 21 de julio de 2021
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[BO-L-N1407] Bolivia: Ley Nº 1407, 10 de noviembre de 2021
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[BO-DS-N4700] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4700, 20 de abril de 2022
El presente Decreto Supremo tiene por objeto que la Entidad Desconcentrada CONOCE - BOLIVIA dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural asuma la calidad de Organismo Ejecutor del Sub-componente 2 del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural” del Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO, para lo cual se requiere realizar modificaciones al Decreto Supremo N° 3744, de 12 de diciembre de 2018.

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