CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto ampliar la vigencia de las medidas y acciones de bioseguridad y vigilancia epidemiológica, establecidas en el Decreto Supremo Nº 4451, de 13 de enero de 2021 y modificadas por los Decretos Supremos Nº 4466, de 24 de febrero de 2021, Nº 4480, de 31 de marzo de 2021 y Nº 4497, de 28 de abril de 2021.
Artículo 2°.- (Modificaciones)
“ARTICULO 2.- (VIGENCIA DE LAS MEDIDAS). Las medidas establecidas en el presente Decreto Supremo, estarán vigentes a partir del 16 de enero hasta el 31 de agosto de 2021, sujeto al comportamiento epidemiológico de la COVID-19.”
“I. Se amplía la vigencia de las vivencias tramitadas a nivel nacional o en el extranjero en los pagos de Pensiones presentados por Asegurados o Derechohabientes, cuyo vencimiento se produzca desde el periodo enero 2021 hasta el plazo establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo.
III. Las Entidades de la Seguridad Social de Largo Plazo y del Sistema de Reparto, podrán efectuar los Controles de Vivencia de los casos con vencimiento desde el periodo enero 2021 hasta el plazo establecido en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, por medios electrónicos o digitales.”
Disposiciones Derogatorias.- Se deroga el Artículo 17 del Decreto Supremo Nº 4451, de 13 de enero de 2021, modificado por los Decretos Supremos Nº 4466, de 24 de febrero de 2021, Nº 4480, de 31 de marzo de 2021 y Nº 4497, de 28 de abril de 2021.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4527, 23 de junio de 2021 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Amplia la vigencia de las medidas y acciones de bioseguridad y vigilancia epidemiológica, establecidas en el Decreto Supremo Nº 4451, de 13 de enero de 2021 y modificadas por los Decretos Supremos N° 4466, de 24 de febrero de 2021, N° 4480, de 31 de marzo de 2021 y N° 4497, de 28 de abril de 2021. | ||||
Keywords | Gaceta 1398NEC, Decreto Supremo, junio/2021 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168505 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1398NEC, 202106d.lexml | ||||
Creador | FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Rogelio Mayta Mayta, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE DEFENSA, Felima Gabriela Mendoza Gumiel, Marcelo Alejandro Montenegro Gomez Garcia, Franklin Molina Ortiz, Nestor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Ramiro Felix Villavicencio Niño De Guzman, Ivan Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, Jeyson Marcos Auza Pinto, Juan Santos Cruz, Adrian Ruben Quelca Tarqui, Remmy Ruben Gonzales Atila, Sabina Orellana Cruz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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