Bolivia: Decreto Supremo Nº 3806, 20 de febrero de 2019

Decreto Supremo Nº 3806
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 8 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como una competencia privativa del nivel central del Estado, la política exterior.
  • Que el numeral 1 del Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, establece como atribución del Ministro o Ministra de Relaciones Exteriores, dirigir las relaciones diplomáticas bilaterales y multilaterales, la política consular, la participación y la representación del Estado Plurinacional de Bolivia en organismos, foros y otros espacios internacionales.
  • Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación - TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales.
  • Que el numeral 1 del Artículo 27 del Reglamento de la Asamblea Parlamentaria Euro - Latinoamericana (EUROLAT), el Parlamento que organice un período de sesiones de la Asamblea, una reunión de la Mesa Directiva, o una reunión de las comisiones o grupos de trabajo garantizará las condiciones materiales de la organización del período de sesiones o de dicha reunión.
  • Que el Estado Plurinacional de Bolivia asumió la Presidencia Pro Tempore - PPT de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños - CELAC, el 14 de enero de 2019, atendiendo un compromiso asumido por el Estado Plurinacional de Bolivia en septiembre de 2016, a partir de la Declaración Especial de Ministros de Relaciones Exteriores de la CELAC celebrada en Nueva York y ratificada por la V Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno el año 2017.
  • Que a fin de facilitar la difusión y preparación del evento precitado, surge la necesidad de contar con un instrumento legal que efectivice la transferencia de recursos del TGN en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la Reunión Extraordinaria de la Mesa Directiva Ampliada y la Comisión de Asuntos Políticos, Seguridad y Derechos Humanos de la Asamblea Parlamentaria Euro - Latinoamericana (EUROLAT), a realizarse en el Estado Plurinacional de Bolivia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la asignación presupuestaria de recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 2°.- (Transferencias de recursos) Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas realizar la asignación presupuestaria de recursos para la gestión 2019, por un monto de Bs1.202.750.- (UN MILLÓN DOSCIENTOS DOS mil novecientos CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS) financiada con recursos del TGN, a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, destinados exclusivamente para financiar los gastos de la Reunión Extraordinaria de la Mesa Directiva Ampliada y la Comisión de Asuntos Políticos, Seguridad y Derechos Humanos de la Asamblea Parlamentaria de EUROLAT.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores; y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil diecinueve
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela MINISTRO DE ENERGÍAS E INTERINO DE DEPORTES, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINA DE EDUCACIÓN, José Manuel Canelas Jaime.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 3806, 20 de febrero de 2019
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario20 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la asignación presupuestaria de recursos adicionales del Tesoro General de la Nación – TGN a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores.
KeywordsGaceta 1144NEC, Decreto Supremo, febrero/2019
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/161285
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1144NEC, 201905a.lexml
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1135] Bolivia: Ley Nº 1135, 6 de febrero de 1990
Camino Muyupampa - Machareti - Carandaiti - Fortín Villazón. Declárase de prioridad regional su construcción, Departamento de Chuquisaca
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N465] Bolivia: Ley del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, 23 de diciembre de 2013
Ley del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia
[BO-L-N1135] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, 20 de diciembre de 2018
20 DE DICIEMBRE DE 2018.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2019.
[BO-DS-N3806] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3806, 20 de febrero de 2019
20 DE FEBRERO DE 2019.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la asignación presupuestaria de recursos adicionales del Tesoro General de la Nación – TGN a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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