CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto fortalecer el Programa de Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola y modificar su vigencia establecida en el Decreto Supremo Nº 2785, de 1 de junio de 2016.
Artículo 2°.- (Fortalecimiento) Se fortalece el Programa de Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola, para lo cual, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación - TGN, adicionales a los recursos no ejecutados autorizados por el Decreto Supremo Nº 2785, a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 3°.- (Modificación) Se modifica la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo Nº 2785, de 1 de junio de 2016, con el siguiente texto:
“DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- La implementación y ejecución del Programa de Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola tendrá una vigencia hasta la gestión 2021.”
Disposición Adicional Única.- Los Gobiernos Autónomos Indígena Originarios Campesino de la Nación Uru Chipaya, Raqaypampa y Guaraní Charagua Iyambae, podrán acceder al Programa de Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola, para lo cual se aplicará los términos establecidos para los gobiernos autónomos municipales en el Decreto Supremo Nº 2785.
Disposición Transitoria Única.- En el marco del presente Decreto Supremo, la importación de maquinaria, equipos y sus implementos agrícolas, consignados al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras en Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija, podrán realizarse bajo cualquier modalidad de despacho aduanero.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3709, 7 de noviembre de 2018 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 07 DE NOVIEMBRE DE 2018.- Fortalece el Programa de Centros Municipales de Servicios en Mecanización Agrícola y modificar su vigencia establecida en el Decreto Supremo N° 2785, de 1 de junio de 2016. | ||||
Keywords | Gaceta 1115NEC, Decreto Supremo, noviembre/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/160312 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1115NEC, 201902a.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE COMUNICACIÓN. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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