CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer aspectos relacionados al registro biométrico y actualización permanente de datos de bolivianas y bolivianos con residencia en el exterior, en el Padrón Electoral.
Artículo 2°.- (Ámbito de aplicación) El presente Decreto Supremo se aplicará en todo el territorio nacional y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares del Estado Plurinacional de Bolivia establecidas en el exterior.
Artículo 3°.- (Registro y actualización permanente de datos) El registro biométrico y la actualización permanente de datos en el Padrón Electoral en el exterior implican:
Artículo 4°.- (Acreditación)
Artículo 5°.- (Coordinación) El personal designado para efectuar el registro biométrico y actualización permanente de datos de bolivianas y bolivianos con residencia en el exterior, en el Padrón Electoral, coordinará con la o el Jefe de la Misión Diplomática u Oficina Consular, o persona designada para el efecto, respetando la regulación organizativa específica y estructura jerárquica.
Artículo 6°.- (Dependencia del personal designado) El personal designado como representante del Tribunal Supremo Electoral, realizará sus funciones en comisión expresa y bajo dependencia jerárquica, orgánica, operativa y funcional de este Órgano del Estado, en el marco de las tareas propias de su designación.
Artículo 7°.- (Participación en consulados y brigadas móviles) El personal designado para efectuar el registro biométrico y actualización permanente de datos de bolivianas y bolivianos con residencia en el exterior, en el Padrón Electoral, podrá participar en los Consulados Móviles y Brigadas Móviles organizadas por las Oficinas y/o Secciones Consulares del Estado Plurinacional de Bolivia en el exterior, bajo dirección y coordinación del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 8°.- (Transferencia de recursos) El Tribunal Supremo Electoral, a través de las cuentas del Servicio Exterior, transferirá los recursos a su personal designado en el exterior, siendo responsabilidad de este personal el uso y destino de los recursos, debiendo cumplir la normativa vigente.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3649, 22 de agosto de 2018 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 22 DE AGOSTO DE 2018.- Establece aspectos relacionados al registro biométrico y actualización permanente de datos de bolivianas y bolivianos con residencia en el exterior, en el Padrón Electoral. | ||||
Keywords | Gaceta 1091NEC, Decreto Supremo, agosto/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/158510 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1091NEC, 201902a.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.