CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Parágrafo III del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1683, de 9 de agosto de 2013, y establecer el alcance del aporte de contraparte local establecido en el Contrato de Préstamo Nº 2908/BL-BO, de 14 de agosto de 2013, y su Contrato Modificatorio Nº 1, de 13 de diciembre de 2017.
Artículo 2°.- (Modificación) Se modifica el Parágrafo III del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1683, de 9 de agosto de 2013, con el siguiente texto:
“III. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la suscripción de los respectivos Convenios Subsidiarios con el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, en su condición de Organismo Ejecutor, con la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”, en su condición de Organismo Co-Ejecutor, y con el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda como cabeza de sector, para la transferencia de recursos externos y ejecución del Contrato de Préstamo N° 2908/BL-BO, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.”
Artículo 3°.- (Aporte local) El aporte local establecido en el Contrato de Préstamo Nº 2908/BL-BO y su Contrato Modificatorio Nº 1, por un monto total de $us13.470.000.- (TRECE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA mil 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) será asumido de la siguiente manera:
Disposición Adicional.-
Disposición Adicional.- ÚNICA.- El repago de la deuda contraída mediante el Contrato de Préstamo N° 2908/BL-BO, autorizado por el Parágrafo II del Artículo Único de la Ley Nº 425, de 17 de octubre de 2013, en un noventa y dos por ciento (92%), equivalente a $us43.450.000.- (CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA mil 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) a cargo del Tesoro General de la Nación más todo costo que demande el servicio de la deuda, serán considerados como aportes de capital del Estado - Tesoro General de la Nación, a favor de la Empresa Estatal de Transporte por Cable “Mi Teleférico”.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3562, 16 de mayo de 2018 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 16 DE MAYO DE 2018.- Modifica el Parágrafo III del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1683, de 9 de agosto de 2013, y establecer el alcance del aporte de contraparte local establecido en el Contrato de Préstamo Nº 2908/BL-BO, de 14 de agosto de 2013, y su Contrato Modificatorio Nº 1, de 13 de diciembre de 2017. | ||||
Keywords | Gaceta 1064NEC, Decreto Supremo, mayo/2018 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/157737 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1064NEC, 201902a.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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