CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar los aspectos relativos al funcionamiento de la Empresa Pública Nacional Estratégica de Yacimientos de Litio Bolivianos - YLB, en su etapa de implementación, en la forma y alcances establecidos por Ley Nº 928, de 27 de abril de 2017 y demás normativa vigente.
Artículo 2°.- (Naturaleza) YLB es una Empresa Pública Nacional Estratégica, con personería jurídica propia, de duración indefinida, autonomía de gestión administrativa, financiera, comercial, legal y técnica, con patrimonio propio que pertenece en un cien por ciento (100%) al nivel central del Estado, bajo tuición del Ministerio de Energías.
Artículo 3°.- (Estructura)
Artículo 4°.- (Directorio)
Artículo 5°.- (Gerente Ejecutivo) El Gerente Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva de YLB, desempeña sus funciones en forma exclusiva y a tiempo completo, su nombramiento se realizará mediante Resolución Suprema, y tiene como atribuciones establecer y conducir la ejecución de las políticas, planes, programas, proyectos y normativa interna para el logro de la misión, visión y objetivos estratégicos de la empresa.
Artículo 6°.- (Giro empresarial y atribuciones)
Artículo 7°.- (Financiamiento) Son fuentes de financiamiento de YLB:
Artículo 8°.- (Régimen laboral aplicable)
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- En el plazo máximo de treinta (30) días de aprobado el presente Decreto Supremo, se efectuará la primera reunión de Directorio.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- Se mantienen vigentes, los términos y condiciones de los contratos suscritos por la Gerencia Nacional de Recursos Evaporíticos, los cuales serán readecuados conforme a la creación y estructura de YLB.
DISPOSICIÓN FINAL.-
DISPOSICIÓN FINAL.- Se autoriza a los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas; y de Planificación del Desarrollo, realizar las modificaciones presupuestarias y contables necesarias para el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
DISPOSICIÓN FINAL.- El régimen dispuesto en el presente Decreto Supremo se mantendrá hasta que el Consejo Superior Estratégico de las Empresas Públicas - COSEEP disponga la migración de la empresa hacia una de las tipologías establecidas en la Ley Nº 466, de 26 de diciembre de 2013, de Empresa Pública.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3227, 25 de junio de 2017 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 28 DE JUNIO DE 2017.- Reglamenta los aspectos relativos al funcionamiento de la Empresa Pública Nacional Estratégica de Yacimientos de Litio Bolivianos – YLB, en su etapa de implementación, en la forma y alcances establecidos por Ley N° 928, de 27 de abril de 2017 y demás normativa vigente. | ||||
Keywords | Gaceta 975NEC, Decreto Supremo, junio/2017 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/155780 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 975NEC, 201902b.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillen Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE DEPORTES, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO E INTERINA DE EDUCACIÓN, Gisela Karina López Rivas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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