CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto implementar acciones inmediatas orientadas a atender las afectaciones por sequía en el territorio nacional, para lo cual se autoriza a las entidades públicas la contratación directa de obras, bienes y servicios y la transferencia público-privada y transferencias público-público.
Artículo 2°.- (Contratación directa)
Compra de: | En bolivianos |
Ministerio de Defensa | 3.200.000 |
Insumos y servicios para la distribución y almacenamiento de agua (cisternas) | 3.200.000 |
Ministerio de Salud | 1.750.000 |
Vacunas, sueros, medicamentos, reactivos, productos químicos y otros insumos para la atención médica, control y vigilancia epidemiológica | 1.000.000 |
Equipamiento para medición de parámetros básicos del agua para consumo humano | 500.000 |
Equipamiento de análisis de anemia y nutrición | 250.000 |
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras | 27.052.507 |
Semillas de papa, trigo y alfalfa | 3.840.000 |
Bienes, obras y servicios para la perforación de pozos de agua | 23.212.507 |
Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural | 10.000.000 |
Alimento para animales (Alimento balanceado, maíz, afrecho de trigo y subproductos de arroz) | 10.000.000 |
Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social | 6.000.000 |
Servicios, materiales y herramientas para la generación de empleo temporal por tres (3) meses | 6.000.000 |
Total | 48.002.507 |
Artículo 3°.- (Gastos en logística y administrativos) Los gastos en logística y de administración, se distribuyen de la siguiente manera:
Logística | En bolivianos |
Ministerio de Defensa | 592.281 |
Ministerio de Salud | 150.000 |
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras | 918.374 |
Administrativos | |
Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social | 300.000 |
Total | 1.960.655 |
Artículo 4°.- (Transferencias público-privadas)
Artículo 5°.- (Transferencia) Se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente y Agua realizar la transferencia a título gratuito de equipos perforadores y accesorios para pozos de agua a favor del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
Artículo 6°.- (Coordinación y articulación) Las entidades públicas señaladas en el Parágrafo I del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, deben coordinar y articular las acciones inmediatas orientadas a atender las afectaciones por sequía, con el Viceministerio de Defensa Civil.
Artículo 7°.- (Transferencia de saldos)
Entidades | Monto (En bolivianos) |
Ministerio de Defensa | 5.244.820 |
Ministerio de Medio Ambiente y Agua | 1.924.097 |
Ministerio de Salud | 5.158.985 |
Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social | 2.133.018 |
Total | 14.460.920 |
Artículo 8°.- (Financiamiento de pozos de agua)
Categoría demográfica de municipios | Rangos de población | Nivel Central | Entidad Territorial Autónoma |
A | Hasta 9.999 habitantes | 70% | 30% |
B | De 10.000 hasta 19.999 habitantes | 60% | 40% |
C | De 20.000 a más habitantes | 50% | 50% |
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2855, 2 de agosto de 2016 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 02 DE AGOSTO DE 2016.- Implementa acciones inmediatas orientadas a atender las afectaciones por sequía en el territorio nacional, para lo cual se autoriza a las entidades públicas la contratación directa de obras, bienes y servicios y la transferencia público-privada y transferencias público-público. | ||||
Keywords | Gaceta 878NEC, Decreto Supremo, agosto/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153885 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 878NEC, 201608a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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