CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar la naturaleza jurídica de la Empresa Pública Nacional Textil - ENATEX, así como adecuar su estructura y atribuciones en el marco de la normativa vigente.
Artículo 2°.- (Modificación de la naturaleza jurídica y denominación) Se modifica la naturaleza jurídica de ENATEX, de Empresa Pública Nacional Estratégica - EPNE a Institución Pública Descentralizada, con duración indefinida, patrimonio propio, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, cuya denominación a partir de la fecha será Servicio Nacional Textil - SENATEX, sujeta al régimen legal de la Ley Nº 2027, de 27 de octubre de 1999, Estatuto del Funcionario Público, Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales y demás normativa aplicable a la Administración Pública.
Artículo 3°.- (Competencia institucional) El Servicio Nacional Textil - SENATEX está destinado a impulsar el cambio de la matriz productiva nacional a través del incremento de la agregación de valor a la producción primaria, transformación tecnológica, alza de la productividad, diversificación productiva y mayor generación de excedentes e ingresos en la producción textil, participando en la creación, consolidación, modernización y tecnificación de los emprendimientos productivos textiles del país.
Artículo 4°.- (Sede) El SENATEX tiene como sede principal la ciudad de La Paz del Departamento de La Paz, pudiendo éste establecer unidades operativas en otros departamentos del país en función a sus objetivos, necesidades y disponibilidad presupuestaria.
Artículo 5°.- (Funciones) El SENATEX, tendrá las siguientes funciones:
Artículo 6°.- (Estructura orgánica) La estructura orgánica del SENATEX está conformada por una Dirección General Ejecutiva a cargo del Director(a) General Ejecutivo(a) y por Unidades Operativas, la cual será aprobada por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural mediante Resolución Ministerial.
Artículo 7°.- (Director General Ejecutivo)
Artículo 8°.- (Financiamiento) El SENATEX financiará su funcionamiento y actividades con Recursos Propios, Donaciones, Créditos, y otros.
Artículo 9°.- (Contratación directa)
Artículo 10°.- (Obligaciones sociales) A la publicación del presente Decreto Supremo, cesarán las operaciones empresariales de ENATEX debiendo procederse a la desvinculación de los trabajadores que estén bajo el régimen laboral de la Ley General del Trabajo a fin de aplicarse la Ley Nº 2027. Las obligaciones sociales generadas hasta el cambio de la naturaleza jurídica deben ser canceladas en los plazos establecidos por la normativa laboral vigente.
Artículo adicional 1°.- Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, realizar las modificaciones presupuestarias y contables necesarias para el cumplimiento del presente Decreto Supremo excluyéndose de los requisitos exigidos por el reglamento de modificaciones presupuestarias.
Artículo adicional 2°.-
“I. El contrato de préstamo con recursos provenientes del Fideicomiso del FINPRO, deberá establecer un plazo de veinte (20) años, con seis (6) años de gracia a capital e intereses.”
“ ARTÍCULO 5.- (PLAZO DEL FIDEICOMISO). El plazo de vigencia del fideicomiso será de hasta dieciocho (18) años a partir de la suscripción del contrato de fideicomiso.”
Artículo transitorio Único.-
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2765, 14 de mayo de 2016 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 14 DE MAYO DE 2016.- Modifica la naturaleza jurídica de la Empresa Pública Nacional Textil – ENATEX, así como adecuar su estructura y atribuciones en el marco de la normativa vigente. | ||||
Keywords | Gaceta 858NEC, Decreto Supremo, mayo/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153691 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 858NEC, 201606a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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