Bolivia: Decreto Supremo Nº 1120, 11 de enero de 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.
  • Que el Plan Nacional de Desarrollo, aprobado por Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, determina como prioridad del Estado la Seguridad y Soberanía Alimentaria del País.
  • Que el Decreto Supremo Nº 0255, de 19 de agosto de 2009, aprobó la Política de Subvención, dirigida a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados, a precio justo, a ser implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA. Los mecanismos de esta Política fueron modificados por el Decreto Supremo Nº 0326, de 9 de octubre de 2009.
  • Que el Artículo 43 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, vigente para la gestión fiscal 2012, por la Disposición Final Tercera de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General de Estado - Gestión 2012, establece que en situaciones de emergencias, encarecimiento de precios, desastres naturales, inseguridad y desabastecimiento de alimentos e hidrocarburos, se autoriza al Órgano Ejecutivo, aprobar mediante Decreto Supremo, la aplicación de mecanismos de subvención con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN, créditos y/o donaciones.
  • Que el Artículo 41 de la Ley Nº 144, de 26 de junio de 2011, establece el fortalecimiento a EMAPA, creada mediante Decreto Supremo Nº 29230, de fecha 15 de agosto de 2007, constituyéndose como Empresa Pública Nacional Estratégica, con el objeto de apoyar a los sectores de la cadena productiva de alimentos, la producción agropecuaria y agroindustrial, en productos que sean deficitarios en Bolivia, contribuir a la estabilización del mercado interno de productos agropecuarios y agroindustriales y a la comercialización de la producción agrícola en el mercado interno y externo.
  • Que en el marco de la Política de fomento a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo, el Gobierno Nacional a través de EMAPA, brindará apoyo a los sectores de la cadena productiva de alimentos, y a la producción agropecuaria y agroindustrial, así como, implementar mecanismos y acciones necesarias para incrementar la producción de alimentos a nivel nacional con el objetivo de garantizar la Seguridad y Soberanía Alimentaria del país.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Aprobar la subvención, a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, para la gestión 2012, en el marco de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2012.
  2. Se autoriza a EMAPA, la implementación y ejecución de los mecanismos y acciones necesarias para incrementar la producción de alimentos a nivel nacional.

    Disposiciones finales

Artículo final 1°.- En cumplimiento del Parágrafo I del Artículo Único del presente Decreto Supremo, se regirá por lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0255, de 19 de agosto de 2009, modificado por el Decreto Supremo Nº 0326, de 9 de octubre de 2009.

Artículo final 2°.- Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, repondrá el monto de la subvención efectuada por EMAPA, con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación - TGN, de acuerdo a su disponibilidad.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de enero del año dos mil doce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Carlos Romero Bonifaz, Wilfredo Franz David Chávez Serrano, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Luis Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Jorge Canelas Alurralde.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1120, 11 de enero de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba la subvención, a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados a precio justo, que será implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos – EMAPA, para la gestión 2012, en el marco de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2012.
KeywordsDecreto Supremo, enero/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139738
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 334NEC - Del : 2012-01-12, 201201a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Carlos Romero Bonifaz, Wilfredo Franz David Chávez Serrano, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Luis Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Jorge Canelas Alurralde.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29230] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29230, 15 de agosto de 2007
Crea la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, como Empresa Pública, con Personería Jurídica y patrimonio propio, que funcionará bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, cuya organización y funcionamiento estará sujeto en el marco de Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo y sus disposiciones reglamentarias.
[BO-DS-29272] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29272, 12 de septiembre de 2007
Aprobar el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: “Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos”
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N255] Bolivia: Decreto Supremo Nº 255, 19 de agosto de 2009
Aprueba la política de subvención a la producción y comercialización de productos agropecuarios y sus derivados, a precio justo, a ser implementada a través de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA.
[BO-DS-N326] Bolivia: Decreto Supremo Nº 326, 9 de octubre de 2009
Modifica el inciso c) del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0225, de 19 de agosto de 2009.
[BO-L-N144] Bolivia: Ley de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, 26 de junio de 2011
Ley de la revolución productiva comunitaria agropecuaria
[BO-L-N211] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, 23 de diciembre de 2011
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2012.

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