CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- El presente Decreto Supremo, tiene por objeto modificar el inciso c) del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0255, de 19 de agosto de 2009, con el siguiente texto:
“c) El precio de comercialización será el resultado de la eliminación de la participación porcentual de las distorsiones del mercado producidas por el proceso de la intermediación especulativa. EMAPA definirá los precios de comercialización, en base a una banda de precios que tiene como límites: el precio de costo de EMAPA y hasta diez por ciento (10%) menos del precio de mercado ponderado por ciudad o centro poblado donde comercialice sus productos. El precio de mercado ponderado será establecido a través de información disponible generada por el Instituto Nacional de Estadística - INE, el Sistema de Información y Seguimiento de los Productos Agropecuarios en los Mercados - SISPAM o por la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos - EMAPA, de acuerdo a la característica del producto a ser comercializado por EMAPA.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 326, 9 de octubre de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el inciso c) del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 0225, de 19 de agosto de 2009. | ||||
Keywords | Gaceta 68NEC, 2009-10-09, Decreto Supremo, octubre/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27706 | ||||
Referencias | Gaceta 68NEC,2009-10-09, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardi Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, María Cecilia Rocabado Tubert, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, MINISTRO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, René Gonzalo Orellana Halkyer, Jorge Ramiro Tapia Saenz, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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