CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reestructurar el Fondo Minero de Inversión - FOMIN, estableciendo su naturaleza y estructura institucional, así como establecer los recursos financieros para el funcionamiento del FOMIN.
Artículo 2°.- (Naturaleza y mision)
Artículo 3°.- (Estructura organizacional) El FOMIN contará con una estructura organizacional constituida por un Directorio, un Director General Ejecutivo y las unidades técnicas, administrativas y otras necesarias para su funcionamiento y cumplimiento de sus objetivos, en el marco de la normativa vigente.
Artículo 4°.- (Directorio)
Artículo 5°.- (Atribuciones del Directorio) El Directorio tendrá las siguientes atribuciones:
Artículo 6°.- (Director General Ejecutivo) La Máxima Autoridad Ejecutiva del FOMIN es el Director General Ejecutivo, quien será designado de acuerdo a normativa vigente.
Artículo 7°.- (Atribuciones del Director General Ejecutivo) Las atribuciones del Director General Ejecutivo son:
Artículo 8°.- (Promoción de mecanismos de financiamiento) El FOMIN promoverá mecanismos de financiamiento a través de la calificación y aprobación de proyectos a ser financiados con los recursos constituidos para este efecto.
Artículo 9°.- (Recursos para su funcionamiento) El funcionamiento del FOMIN, será financiado por:
Artículo adicional Único.- El presente Decreto Supremo será reglamentado por las instancias correspondientes en los aspectos pertinentes, mediante Resolución Ministerial expresa en un plazo no mayor de sesenta (60) días, a partir de su publicación.
Artículo abrogatorio Único.- Se abrogan las siguientes disposiciones:
- Decreto Supremo Nº 27501 de 17 de mayo de 2004.
- Decreto Supremo Nº 27792 de 15 de octubre de 2004.
- Decreto Supremo Nº 28022 de 4 de marzo de 2005.
Artículo derogatorio Único.- Se derogan los Artículos 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17 del Decreto Supremo Nº 27205 del 8 de octubre de 2003 y demás disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29655, 30 de julio de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Reestructura el Fondo Minero de Inversión - FOMIN, estableciendo su naturaleza y estructura institucional, así como los recursos financieros para el funcionamiento del FOMIN. | ||||
Keywords | Gaceta 3109, 2008-07-31, Decreto Supremo, julio/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27171 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA É INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOS, Alfredo O. Rada Velez, Walker San Miguel Rodriguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibáñez MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO É INTERINA DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero, Héctor E. Arce Zaconeta. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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