CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto transferir a las Administradoras de Fondos de Pensiones las facultades y responsabilidades asignadas a las Entidades Aseguradoras que administraban la Reserva Financiera, mismas que fueron establecidas en el Capítulo III del Decreto Supremo Nº 28165 de 17 de mayo de 2005, en todo lo que corresponde al Seguro Voluntario de Renta Temporal, brindando continuidad a los trámites de solicitudes de acceso a este Seguro.
Artículo 2°.- (Administradoras de Fondos de Pensiones) Las facultades y responsabilidades asignadas a las Entidades Aseguradoras que administraban la Reserva Financiera, establecidas en el Capítulo III del Decreto Supremo Nº 28165 y las Resoluciones Ministeriales reglamentarias del citado Decreto Supremo, en todo lo que corresponde al Seguro Voluntario de Renta Temporal, serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Artículo 3°.- (Asignación) Las Administradoras de Fondos de Pensiones que administran la Reserva Financiera, invertirán en pagarés suscritos por sus correspondientes afiliados que califiquen para acceder al Seguro Voluntario de Renta Temporal.
Artículo 4°.- (Reglamentación) La Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, en el plazo de treinta (30) días calendario de publicado el presente Decreto Supremo, reglamentará mediante Resoluciones Administrativas los aspectos necesarios para el cumplimiento de la presente disposición.
Artículo derogatorio Único.-
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29059, 14 de marzo de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Transfiere a las Administradoras de Fondos de Pensiones las facultades y responsabilidades asignadas a las Entidades Aseguradoras que administraban la Reserva Financiera, mismas que fueron establecidas en el Capítulo III del Decreto Supremo Nº 28165 de 17 de mayo de 2005, en todo lo que corresponde al Seguro Voluntario de Renta Temporal, brindando continuidad a los trámites de solicitudes de acceso a este Seguro. | ||||
Keywords | Gaceta 2975, 2007-03-15, Decreto Supremo, marzo/2007 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26566 | ||||
Referencias | 2007.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Jerges Mercado Suárez, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Victor Cáceres Rodríguez, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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