CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.-
“ARTICULO 7.- (FORTALECIMIENTO ORGANIZACIONAL). Los Ministerios de Gobierno; de la Presidencia; de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente; de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; de Planificación del Desarrollo; de Producción y Microempresa; de Minería y Metalurgia; de Educación y Culturas; de Salud y Deportes; y del Agua, en el marco de sus competencias, además de las Prefecturas de los Departamentos de Oruro y Potosí y los Gobiernos Municipales involucrados, estarán a cargo de implementación del fortalecimiento organizativo del Plan Estratégico Integral de Desarrollo de los Ayllus en Paz - PEID, promoviendo las siguientes acciones:
Consolidar y fortalecer la Unión de Consejo para el Desarrollo de los Ayllus en Paz, Distritos Municipales Indígenas y Mancomunidades Municipales de Distritos Indígenas de los Ayllus en Paz, sobre la base de su estructura organizativa, usos y costumbres, con la participación de Alcaldes, Concejos Municipales, Agentes Cantonales, Subalcaldes, Prefecturas, Subprefecturas y Autoridades Originarias.
Generar las capacidades de gestión y liderazgo.
Desarrollar mecanismos de prevención, gestión y resolución de conflictos.
Promover y ejecutar proyectos relativos al fortalecimiento de la mancomunidad, la organización comunal, de género y generacional.
Otras líneas señaladas en el PEID.”
“ARTICULO 8.- (DESARROLLO ECONOMICO). Los Ministerios de Gobierno; de la Presidencia; de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente; de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; de Planificación del Desarrollo; de Producción y Microempresa; de Minería y Metalurgia; de Educación y Culturas; y de Salud y Deportes, en el marco de sus competencias, además de las Prefecturas de los Departamentos de Oruro y Potosí y los Gobiernos Municipales involucrados, estarán a cargo de la implementación de la estrategia de Desarrollo Económico del PEID, promoviendo las siguientes actuaciones:
Desarrollar programas de inversión, orientados a ejecutar proyectos de infraestructura productiva, riego, caminos, electrificación y otros.
Desarrollar proyectos relativos a producción agrícola y agropecuaria.
Promover las iniciativas de micro empresas comunitarias, pequeñas empresas comunitarias, cooperativas y asociaciones especializadas en diversas actividades, de acuerdo a la potencialidad productiva de la región.
Establecer canales de comercialización de productos competitivos, según el requerimiento del mercado.
Otras líneas de acción señaladas en el PEID.”
“ARTICULO 9.- (MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES). Los Ministerios de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente; de Planificación del Desarrollo; y del Agua, en el marco de sus competencias, además de las Prefecturas de los Departamentos de Oruro y Potosí y los Gobiernos Municipales involucrados, estarán a cargo de la Estrategia de Recursos Naturales y Medio Ambiente del PEID, promoviendo las siguientes acciones:
En el ámbito de la mancomunidad y organización comunitaria, normar e implementar políticas en el manejo integral de los recursos naturales y medio ambiente.
Promover el proceso de saneamiento y titulación de Tierras Comunitarias de Origen - TCOs.
Otras líneas de acción señaladas en el PEID.”
“ARTICULO 13.- (CONFORMACION).
I. El Consejo de Ayllus en Paz estará constituido de la siguiente manera:El Sector Público:
- Ministerio de Gobierno.
- Ministerio de la Presidencia.
- Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente.
- Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
- Ministerio de Planificación del Desarrollo.
- Ministerio de Salud y Deportes.
- Ministerio de Educación y Culturas.
- Ministerio de Hidrocarburos y Energía.
- Ministerio de Minería y Metalurgia.
- Ministerio de Producción y Microempresa.
- Ministerio del Agua.
- Ministerio de Trabajo.
- Prefectura del Departamento de Oruro.
- Prefectura del Departamento de Potosí.
- Gobiernos Municipales de los Municipios de Pocota, Uncía y Challapata.La Sociedad Civil:
- Una autoridad originaria de la Unión del Consejo para el Desarrollo de Los Ayllus en Paz - UCDAP, denominada Kuraj Kamachi.
- Dos representantes de la Unión del Consejo para el Desarrollo de los Ayllus en Paz - UCDAP.
- Dos representantes de la Mancomunidad de Distritos Indígenas.
- Dos representantes de las autoridades originarias (Uno por el Departamento de Potosí y otro por el Departamento de Oruro).”
“ARTICULO 14.- (ATRIBUCIONES DEL CONSEJO DE DESARROLLO DE LOS AYLLUS EN PAZ). Son atribuciones del Consejo de Desarrollo de los Ayllus en Paz - CDAP, participar en el proceso de implementación, monitoreo y control social del Plan, objeto del presente Reglamento:
- Formulando las estrategias, políticas y planes para viabilizar el PEID.
- Aprobando el PEID e instruyendo su implementación a la Secretaría Técnica.
- Deliberando, coordinando y concertando entre los miembros componentes del Consejo, la revisión de los programas, proyectos y actividades para la implementación del PEID.
- Proponiendo y promoviendo el financiamiento para los proyectos contemplados en el PEID ante los Ministerios de Hacienda y de Planificación del Desarrollo.
- Evaluando y supervisando la ejecución del PEID, apoyando la validación de los programas ejecutados.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28976, 20 de diciembre de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 28093 de 22 /04/ 2005 (Plan Estratégico Integral de Desarrollo de los Ayllus en Paz) | ||||
Keywords | Gaceta 2957, 2006-12-21, Decreto Supremo, diciembre/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26482 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Hernando Larrazábal Córdova, Luís Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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