Bolivia: Decreto Supremo Nº 28874, 2 de octubre de 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo XI de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003 - Código Tributario Boliviano, faculta al Poder Ejecutivo a implementar mediante Decreto Supremo, un Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes.
  • Que el Artículo 25 del Decreto Supremo Nº 27149 de 2 de septiembre de 2003, crea el Número de Identificación Tributaria - NIT, sobre la base del otorgamiento de una clave única de identificación tributaria que sustituye al número de Registro Unico de Contribuyentes - RUC y que inequívocamente individualice a los contribuyentes alcanzados por los impuestos cuya recaudación, fiscalización y cobro esté a cargo del Servicio de Impuestos Nacionales - SIN, a quién se autoriza llevar adelante el Programa de Empadronamiento.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27962 de 30 de diciembre de 2004, establece un plazo adicional para los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales para inscribirse al NIT hasta el 31 de marzo de 2005, constituyéndose en contravención tributaria el no contar con el NIT a partir del 1 de abril de 2005.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28061 de 1 de abril de 2005, amplía el plazo para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales y obtener el Número de Identificación Tributaria - NIT, hasta el 1 de agosto de 2005.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28314 de 26 de agosto de 2005, autoriza la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes hasta el 30 de noviembre de 2005, para los sujetos pertenecientes a los Regímenes Tributarios Especiales.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28479 de 2 de diciembre de 2005, amplia el plazo fijado para la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes a las personas naturales pertenecientes a los Regímenes Especiales por ciento veinte (120) días, a partir de su publicación.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28663 de 4 de abril de 2006, amplía el plazo fijado para la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes a las personas naturales pertenecientes a los Regímenes Especiales, con la finalidad de obtener su Número de Identificación Tributaria - NIT, por ciento ochenta (180) días, a partir de su publicación.
  • Que es política del Gobierno Nacional, a través de las Administraciones Tributarias depurar el registro de contribuyentes, identificando a los sujetos pasivos que por su actividad y el importante volumen de sus negocios no deben pertenecer a los regímenes especiales, para lo cual se hace necesario continuar con el proceso del Registro al Número de Identificación Tributaria - NIT, por lo que resulta imprescindible ampliar el plazo de inscripción, con la finalidad de asegurar el acogimiento efectivo de este importante sector que hasta el presente no se encuentra inscrito.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se amplia el plazo fijado por el Decreto Supremo Nº 28663 de 4 de abril de 2006, para continuar con la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes de las personas naturales pertenecientes a los Regímenes Especiales, por el lapso de ciento ochenta (180) días, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
  2. Vencido el plazo establecido en el Parágrafo anterior, el Servicio de Impuestos Nacionales - SIN, aplicará los procedimientos y sanciones establecidos en el Código Tributario Boliviano y demás disposiciones legales conexas.


El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de octubre del año dos mil seis.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga Ministro de la Presidencia e Interino de Defensa Nacional, Alicia Muñoz Alá, Hernando Larrazabal Córdova, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani Ministro de Trabajo e Interino de Justicia, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28874, 2 de octubre de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe amplia el plazo fijado por el Decreto Supremo N° 28663 de 4 /04/ 2006, para continuar con la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes de las personas naturales pertenecientes a los Regímenes Especiales.
KeywordsGaceta 2929, 2006-10-04, Decreto Supremo, octubre/2006
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26379
Referencias2006.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga Ministro de la Presidencia e Interino de Defensa Nacional, Alicia Muñoz Alá, Hernando Larrazabal Córdova, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani Ministro de Trabajo e Interino de Justicia, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO-DS-27149] Bolivia: Reglamento para la transición al nuevo Código Tributario, DS Nº 27149, 2 de septiembre de 2003
REGLAMENTO PARA LA TRANSICIÓN AL NUEVO CODIGO TRIBUTARIO
[BO-DS-27962] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27962, 30 de diciembre de 2004
Establecer un plazo adicional para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (NIT).
[BO-DS-28061] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28061, 1 de abril de 2005
Ampliar el plazo para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales y obtener el Número de Identificación Tributaria - NIT.
[BO-DS-28314] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28314, 26 de agosto de 2005
Se autoriza un nuevo plazo excepcional e improrrogable para la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes, de los sujetos pasivos pertenecientes a los regímenes tributarios especiales.
[BO-DS-28479] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28479, 2 de diciembre de 2005
Se amplia el plazo fijado por el Decreto Supremo N° 28314 para la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes (Regímenes Especiales).
[BO-DS-28663] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28663, 4 de abril de 2006
Ampliar el plazo fijado por el Decreto Supremo N° 28479 (Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes pertenecientes a los Regímenes Especiales).

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