Bolivia: Decreto Supremo Nº 28538, 22 de diciembre de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo I del Artículo 136 de la Constitución Política del Estado, establece que son de dominio originario del Estado, además de los bienes a los que la ley los da esa calidad, el suelo y el subsuelo con todas sus riquezas naturales, las aguas lacustres, fluviales y medicinales, así como los elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento.
  • Que el Artículo 137 de la Constitución Política del Estado, determina que los bienes del patrimonio de la Nación constituyen propiedad pública, inviolable, siendo deber de todo habitante del territorio nacional respetarla y protegerla.
  • Que el Artículo 43 de la Ley Nº 1333 de 27 de abril de 1992 - Ley del Medio Ambiente, establece que el uso de los suelos para actividades agropecuarias forestales deberá efectuarse manteniendo su capacidad productiva, aplicándose técnicas de manejo que eviten la pérdida o degradación de los mismos, asegurando de esta manera su conservación y recuperación.
  • Que la Ley Nº 1688 de 27 de Marzo de 1996, aprueba y ratifica la Convención de Lucha contra la Desertificación y Sequía, la misma que fue abierta a la firma de los países participantes el 14 y 15 de Octubre de 1994.
  • Que la Asamblea General de Naciones Unidas, en su 58 sesión, adoptó la Resolución A/Res/58/211 que declara el 2006 Año Internacional de Desiertos y de la Desertificación.
  • Que la Asamblea General de Naciones Unidas invita a todas las organizaciones de los países, internacionales y civiles de la sociedad a celebrar el año 2006 y apoyar las actividades de la conciencia pública relacionadas con la desertificación y la degradación de la tierra.
  • Que el objetivo principal del Año Internacional de Desiertos y de la Desertificación es concientizar a que la desertificación constituye una amenaza importante para la humanidad, para el cambio del clima y la pérdida de diversidad biológica. Asimismo, que la desertificación representa para la humanidad una amenaza cada vez mayor, que existe la necesidad de proteger desiertos como hábitat natural único y que la lucha contra la desertificación es un desafío sostenible global del desarrollo.
  • Que es de interés nacional combatir la desertificación y atenuar los efectos de la sequía, con acciones eficaces en los distintos niveles a objeto de contribuir al desarrollo sostenible de las áreas afectadas.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 20 de diciembre de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se declara el Año 2006 en Bolivia, “Año Internacional de los Desiertos y de la lucha contra la Desertificación”, en conmemoración a que la desertificación representa para la humanidad una amenaza cada vez mayor, que existe la necesidad de proteger desiertos como hábitat natural único y que la lucha contra la desertificación es un desafío sostenible global del desarrollo; disponiéndose la realización de actividades relacionadas con la temática durante toda la gestión, a cargo del Ministerio de Desarrollo Sostenible mediante el Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente y la Dirección General de Cuencas y Recursos Hídricos, en calidad de punto focal de la Convención de Lucha contra la Desertificación y Sequía.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Sostenible queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28538, 22 de diciembre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe declara el Año 2006 en Bolivia, Año Internacional de los Desiertos y de la lucha contra la Desertificación.
KeywordsGaceta 2837, 2005-12-29, Decreto Supremo, diciembre/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26043
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1333] Bolivia: Ley del Medio ambiente, 27 de marzo de 1992
Ley de Medio ambiente
[BO-L-1688] Bolivia: Ley Nº 1688, 27 de marzo de 1996
Se aprueba y ratifica la Convención de Lucha contra la Desertificación y Sequía. Abierta a la firma de los países participantes, del 14 al 15 de octubre de 1994 (París)
[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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