Artículo Único.- De conformidad al artículo 59° atribución 12º de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la Convención de Lucha contra la Desertificación y Sequía, la misma que fue abierta a la firma de los países participantes el 14 y 15 de octubre de 1994.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1688, 27 de marzo de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba y ratifica la Convención de Lucha contra la Desertificación y Sequía. Abierta a la firma de los países participantes, del 14 al 15 de octubre de 1994 (París) | ||||
Keywords | Ley, marzo/1996 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1688 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Guillermo Bedregal Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Horacio Torres Guzmán, Senador Secretario.- H. Miguel Antoraz Chalup, Diputado Secretario.- H. Alfredo Romero, Diputado Secretario. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Eduardo Trigo O'Connord' Arlach, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a.i. Moises Jarmusz Levy, Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente. - José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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