Bolivia: Ley Nº 1688, 27 de marzo de 1996

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad al artículo 59° atribución 12º de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la Convención de Lucha contra la Desertificación y Sequía, la misma que fue abierta a la firma de los países participantes el 14 y 15 de octubre de 1994.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. congreso Nacional.
La Paz, 25 de marzo de 1996.
H. JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Guillermo Bedregal Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H.
Horacio Torres Guzmán, Senador Secretario.- H. Miguel Antoraz Chalup, Diputado Secretario.- H. Alfredo Romero, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y seis años.
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Eduardo Trigo O'Connord' Arlach, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a.i. Moises Jarmusz Levy, Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente. - José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1688, 27 de marzo de 1996
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y ratifica la Convención de Lucha contra la Desertificación y Sequía. Abierta a la firma de los países participantes, del 14 al 15 de octubre de 1994 (París)
KeywordsLey, marzo/1996
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1688
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Guillermo Bedregal Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Horacio Torres Guzmán, Senador Secretario.- H. Miguel Antoraz Chalup, Diputado Secretario.- H. Alfredo Romero, Diputado Secretario. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Eduardo Trigo O'Connord' Arlach, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a.i. Moises Jarmusz Levy, Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente. - José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-L-1700] Bolivia: Ley Forestal, 12 de julio de 1996
Ley Forestal
[BO-DS-28538] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28538, 22 de diciembre de 2005
Se declara el Año 2006 en Bolivia, Año Internacional de los Desiertos y de la lucha contra la Desertificación.

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