CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer un procedimiento específico que se aplicará para las reducciones en las remuneraciones del Distribuidor, insertas en el Capítulo IV del Decreto Supremo Nº 26607, y para las reducciones en la remuneración del Transmisor, del Capítulo IV del Decreto Supremo Nº 24711, del sector electricidad.
Artículo 2°.- (Reducciones por incumplimiento de calidad en distribucion)
Artículo 3°.- (Fuerza mayor y caso fortuito) En los casos de que, a juicio del Distribuidor, el incumplimiento sea motivado por Fuerza Mayor o Caso Fortuito, éste deberá informar sobre el evento en el plazo máximo de quince (15) días hábiles administrativos y efectuar una representación a la Superintendencia de Electricidad, adjunta en el informe mensual, solicitando que no se apliquen reducciones en su remuneración. La representación deberá contener la documentación probatoria correspondiente, a fin de acreditar las causas invocadas. Para el caso de incumplimiento por excederse en los índices por causas externas al distribuidor, sólo se podrá invocar Fuerza Mayor o Caso Fortuito cuando el origen de la causa que motivó la interrupción así lo fuera.
Artículo 4°.- (Determinacion de la responsabilidad)
Artículo 5°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28190, 27 de mayo de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establecer un procedimiento específico que se aplicará para las reducciones en las remuneraciones del Distribuidor y para las reducciones en la remuneración del Transmisor, del Sector electricidad. | ||||
Keywords | Gaceta 2753, 2005-05-30, Decreto Supremo, mayo/2005 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25695 | ||||
Referencias | 2005.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Carlos Roca Avila Ministro Interino de Desarrollo Sostenible, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torres Orias, Celestino Choque Vilca Ministro Interino de Educación, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Víctor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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