Bolivia: Decreto Supremo Nº 27949, 21 de diciembre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Unidad de Control Operativo Aduanero - COA fue creada por la Ley Nº 1990 de 28 de julio de 1999 - Ley General de Aduanas, como órgano operativo de apoyo a la Aduana Nacional y, tiene como fin planificar y ejecutar sistemas de inspección, integración, resguardo, vigilancia y control aduanero de mercancías que circulen por el territorio nacional.
  • Que por Decreto Supremo Nº 25568 de 5 de noviembre de 1999, se establecen las atribuciones y funciones de la Unidad de Control Operativo Aduanero - COA, entre las cuales se encuentra la de realizar acciones preventivas y represivas de delitos aduaneros.
  • Que para el cumplimiento de dicha función, la Unidad de Control Operativo Aduanero - COA, debe efectuar operativos para los cuales requiere los medios materiales suficientes como vehículos y armamento ligero para garantizar la represión de los delitos aduaneros.
  • Que de acuerdo a informes emitidos por el Comando Nacional y Comandos Regionales de la Unidad - COA, los vehículos con que cuenta ésta, deben ser repuestos con urgencia por encontrarse en malas condiciones, puesto que se constituyen en instrumentos imprescindibles para el cumplimiento de las funciones de represión de delitos aduaneros.
  • Que el presupuesto vigente de la Aduana Nacional de Bolivia cuenta con recursos para efectuar la reposición parcial del actual parque automotor de la Unidad de Control Operativo Aduanero - COA.
  • Que el Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, prohíbe a las entidades públicas la compra o alquiler de vehículos, por lo que a fin de que la Aduana Nacional pueda dar cumplimiento a una de sus funciones como es la represión de los delitos aduaneros, se hace necesario exceptuar a la misma de la aplicación de la citada disposición.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se exceptúa de la aplicación del Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, a la Aduana Nacional de Bolivia, a efecto de la compra de 10 vehículos estrictamente necesarios para las operaciones que efectúa la Unidad de Control Operativo Aduanero - COA, con cargo a su presupuesto.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27949, 21 de diciembre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe exceptúa de la aplicación del Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 27327, a la Aduana Nacional de Bolivia, (Compra de 10 vehículos - COA).
KeywordsGaceta 2703, 2004-12-23, Decreto Supremo, diciembre/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25503
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1990] Bolivia: Ley General de Aduanas, 28 de julio de 1999
Ley General de Aduanas, publicado en Gaceta Oficial N° 2152
[BO-DS-25568] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25568, 5 de noviembre de 1999
Reglamento de la Unidad de Control Operativo Aduanero (COA).
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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